El acusado reconoció los hechos y fue condenado en el juicio celebrado ayer en el juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza.

Un año y medio de cárcel, tres años de alejamiento de su víctima y la obligación de realizar un curso de nueve meses de formación contra el maltrato. Es la condena impuesta a un joven de 21 años juzgado ayer por un delito de maltrato habitual contra su pareja, una joven que en el momento de los hechos era menor de edad.

La titular del juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, Martina Rodríguez, dictó ayer la sentencia in voce contra el acusado, un vecino de Ibiza que previamente había reconocido las acusaciones y alcanzado un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal.

Maltrato habitual

Los hechos juzgados se remontan al periodo comprendido entre 2013 y 2015, cuando agresor y víctima, vecinos de Ibiza, mantenían una relación. El joven contaba con 18 años y la chica era menor de edad.

Según el relato de los hechos, la relación entre la pareja estaba marcada por frecuentes peleas, discusiones en las que el acusado solía agarrar a la chica para reprocharle o recriminarle alguna actitud. Además de los gritos, la joven también denunció que el acusado le espiaba el móvil.

La Fiscalía señaló que el acusado «mantenía una actitud autoritaria de clara y arbitraria dominación sobre la víctima».

Fuentes judiciales apuntaron que a la declaración de la joven se sumó un informe forense que dictaminó que la chica sufría un trauma que era compatible con una situación de maltrato.

Esta situación de maltrato habitual se agravó en abril de 2015 cuando el agresor abofeteó a la menor en presencia de testigos.

El tribunal juzgó ayer el caso que se resolvió con un pena de un año de cárcel por el delito de maltrato habitual y seis meses por un delito de malos tratos, motivado por la bofetada. La condena también recoge una medida de tres años de alejamiento sobre la víctima, dos por los maltratos habituales y uno por los malos tratos.

Asimismo, el acusado consignó 5.000 euros en concepto de indemnización para la víctima, que era menor de edad cuando sufrió los malos tratos.

La pena quedó suspendida por un espacio de dos años y medio.

LA NOTA

Espiar el móvil también es violencia de género

El joven de 21 años condenado por delitos de malos tratos deberá realizar obligatoriamente un curso formativo relacionado con la violencia de género.

Según apuntaron fuentes judiciales, la suspensión de la condena será revocada si el condenado incumple alguno de los puntos de la sentencia. El acusado deberá cumplir los nueve meses de “terapia” y obtener el visto bueno de los formadores. Esta sentencia coincidió en el tiempo con la presentación ayer de una campaña del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad destinada a jóvenes y adolescentes, y que recoge diez consejos para prevenir la violencia de género digital, “una nueva forma de maltrato hacia la mujer”. Entre los comportamientos denunciados incluye el control del móvil.