Vista general de Ibiza y Platja d’en Bossa desde Puig des Molins.

La futura Ley de Vivienda de Balears prevé la declaración de un piso como temporalmente desocupado cuando esté vacío durante más de seis meses, lo que permitirá a los ayuntamientos tomar medidas para promover su salida al mercado y favorecer su uso.

El conseller de Territorio, Energía y Movilidad, Marc Pons, informó ayer al Consell de Govern de las alegaciones incluidas en el proyecto de ley que el lunes se remitirá al Consell Consultiu, cambios entre los que se incluye la creación de la figura de «vivienda temporalmente desocupada» solicitada por el Consell d’Eivissa.

El anteproyecto ya regulaba un registro de viviendas desocupadas para que los propietarios de más de diez pisos que los tengan en desuso dos años estén obligados a ceder temporalmente su gestión al Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi), que las destinará a alquiler social durante tres años y abonará una renta a los propietarios.

La figura intermedia de desocupación temporal de entre seis meses y dos años tiene como propósito dar herramientas a las administraciones locales para que fomenten el uso del parque inmobiliario de sus territorios y desincentiven el alquiler vacacional, explicó el conseller Pons.

En la rueda de prensa del Consell de Govern también abordó el asunto del arrendamiento de viviendas a turistas la portavoz, Pilar Costa, que contradijo el informe de dos profesores de la UIB según el cual el alquiler vacacional no encarece el precio de los inmuebles.

Costa subrayó que hay análisis de expertos que llegan a conclusiones opuestas e indicó que la «opinión política» del Govern es que el alquiler vacacional «tiene una repercusión en el precio del habitante cotidiano para los ciudadanos de las islas», al margen del debate sobre si esa influencia es mayor o menor.

Otra medida incluida en el proyecto final de la Ley de Vivienda es la fijación de una fianza equivalente a dos meses de renta a depositar en casos de alquileres residenciales, no los vacacionales, que están regulados por otra vía y sujetos a una autorización específica.

Así se dificultará que propietarios que alquilan pisos a turistas se amparen en que lo permite la Ley de Arrendamientos Urbanos, ya que la fianza obligatoria de dos meses resultará muy elevada para alquileres de corta duración.