EL ACUSADO DE PROVOCAR EL INCENDIO EN S'ESPALMADOR DICE QUE FUE "ACCIDENTAL", EN LA IMAGEN EL DETENIDO EN EL MOMENTO DE ENTRAR EN LOS JUZGADOS DE EIVISSA. | Daniel Espinosa

Un total de seis años de cárcel, 9.077 euros de indemnización y 24 meses de multa a estipular en sentencia. Es la condena que solicita el Consell Insular de Formentera para Roberto P., y Nicola O., los dos acusados por el incendio que la noche del 13 de agosto de 2016 arrasó una extensión de 0.98 hectáreas de sabinar del islote de s’Espalmador.

Según señala el escrito de la acusación particular, los hechos son constitutivos de un delito de incendio forestal por imprudencia grave tipificado en el artículo 353 1.3. del Código Penal. Además de las penas de prisión, el Consell de Formentera solicita una indemnización (estipulada en 9.077,46 euros) en concepto de gastos de extinción del incendio.

Roberto P., de 44 años, y Nicola O., capitán del yate ‘Ruah’, quedaron en libertad con cargos a la espera de juicio tras declarar ante el juez Santiago Pinsach, titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza.

Escrito de acusación

La acusación particular, en sus conclusiones provisionales, relata que el 13 de agosto de 2016, los dos acusados se encontraban junto a otra media docena de personas en la bahía de s’Alga de s’Espalmador a bordo de la embarcación ‘Ruah’, propiedad de una sociedad eslovena. «Siendo las 22.30 horas, una vez terminados de cenar, el capitán de la embarcación, Nicola O.G., les mostró a varios tripulantes, a modo de instrucción, las medidas de seguridad básica de la embarcación, manipulando por parte de Roberto P., las bengalas, abriendo una de ellas y tirando de la lengüeta, proyectando la bengala y saliendo disparada hacia la isla, provocando un incendio en la isla de s’Espalmador, creando un grave riesgo para embarcaciones vecinas».

Añade que «siendo las 22.50 horas, cuando pudieron observar el fuego en la isla, decidieron ir cuatro personas con la barca auxiliar a la isla, dejando la embarcación sin personal con conocimientos de dirección técnica, con el fin de apagar el fuego, pero éste ya se había propagado a causa de las condiciones climatológicas y del viento. Siendo las 23.07 horas una tripulante de la embarcación realizó la llamada a los servicios de emergencias 112, esto es 37 minutos después del lanzamiento de la bengala. Una vez acudieron los servicios de emergencias, bomberos y voluntarios, después de un trabajo de más de 14 horas, consiguieron controlar el fuego, habiendo quedado afectada la zona a una extensión de 0.98 hectáreas, ocasionando graves daños forestales, afectando principalmente a especies vegetales».

El día 15 de agosto de 2016 se ordenó la inmovilización de la embarcación, con precinto y depósito, y tres días después se acuerda el amarre del yate ‘Ruah’ en su propio puerto base de Valencia, «teniendo ese misma día conocimiento por parte de Capitanía Marítima d’Eivissa y Formentera, a través de la empresa que se dedica a la vigiliancia, control y gestión de fondeos, que el yate objeto de las diligencias previas de la referencia, estaba desatendido sin tripulación alguna, constituyendo así un grave peligro para la seguridad de la navegación».

Preguntado por el escrito y la pena solicitada por la acusación particular, el representante legal de la defensa, Daniele Mundula, tildó de «excesiva» la petición de seis años de cárcel.