El día 22 de septiembre del año pasado el chiringuito fue desmontado y retirado de Cala Gració sin haber abierto ningún día. | Marcelo Sastre

La Ley de Actividades de Balears 7/2013 establece en el punto 9º de su Anexo I que las actividades que se llevan a cabo en zona de dominio público, necesitan un permiso de instalación concedido por el ayuntamiento correspondiente. Una autorización que según declaró el alcalde de Sant Antoni de Portmany, Josep Tur Cires, ante la jueza que le investiga por un presunto delito de prevaricación por la paralización del chiringuito de Cala Gració, no se estaría emitiendo en Sant Antoni para las concesiones de temporada (chiringuitos, tarimas, hamacas, sombrillas, etc.)

«No pasan por junta de gobierno. Es una concesión que da (Demarcación de) Costas al Ayuntamiento y el Ayuntamiento lo cede al interesado. La hamaca no es lo mismo que un chiringuito, desde el punto de vista de actividad», señaló el primer edil el día 25 de octubre, durante su declaración ante la magistrada titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ibiza. Pero lo cierto es que la Ley no hace distinciones entre, por ejemplo, hamacas y chiringuitos, sino que sólo habla de actividades «que se lleven a cabo en dominio público».

Trato desigual

La empresa Bambagas S.L., a la cual la Demarcación de Costas concedió autorización para la instalación temporal (del 1º de mayo al 31 de octubre) de un quiosco-bar en la punta de Cala Gració, con el informe favorable del propio Ayuntamiento de Sant Antoni y del Govern balear, defendió en todo momento que, dado que la instalación era temporal y completamente desmontable, no necesitaba licencia de obras y por tanto, tampoco debía acreditar el final de obra. Para sostener su tesis, Bambagas solicitó los expedientes de alrededor de unas 160 instalaciones de temporada en el municipio de Sant Antoni.

En su declaración judicial el alcalde Pep Tur admite que habitualmente el Ayuntamiento no emite el correspondiente permiso de instalación de las instalaciones de temporada, dado que no pasan por junta de gobierno y por tanto, son cedidas por el Consistorio a un tercero previo pago. Queda así acreditado que el equipo de gobierno actuó en el caso del chiringuito de Cala Gració de forma no habitual a como se tramitan usualmente todas las instalaciones de temporada en el municipio.

EL APUNTE

Renovación de las autorizaciones de la Demarcación de Costas

La Demarcación de Costas de Balears tiene actualmente en exposición pública la renovación de un buen número de autorizaciones de instalaciones de temporada.

En el municipio de Sant Antoni, se tramita la renovación de las instalaciones de la playa de Cala Salada, Cala Saladeta, Cala Gració, Cala Gracioneta, es Cap Cap Blanc, Caló des Moro, Coves Blanques (ses Variades), playa de s’Arenal y playa des Pouet.

Según establece la legislación, tras la concesión de la autorización de la Demarcación de Costas, el Ayuntamiento de Sant Antoni debería tramitar el correspondiente permiso de instalación. Sin embargo, dicho permiso requiere de numerosa documentación y dado el volumen de instalaciones de temporada y los trámites legales a cumplir, es dudoso que el departamento de Urbanisme y Activitats del Consistorio portmanyí, que dirige la concejala tránsfuga Cristina Ribas, pueda llevarlos a cabo de aquí al inicio de la temporada turística.

Dicha concejalía sufre un considerable retraso en su funcionamiento, como admitieron ante la jueza tanto el alcalde ‘Cires’ como la regidora Ribas, ambos imputados por el caso del chiringuito de Cala Gració.