user Puff | Hace un año

,,,espabilado ??,, podré estar de acuerdo o no con una noticia, podré tener razón o no con los comentarios que escribo o con los demás comentaristas, pero nunca habrás leído en un comentario mio alguna palabra " despectiva" con otro..así que " All in" punto y final.

user All in | Hace un año

A ver espabilado. Si te fuerzan la puerta y solo la fuerzan sin llevarse nada, acabará todo el daños. Lo que cuenta es la intención. Si fuerzan una caravana y tienen intención de quedarse a vivir es usurpación, pq una caravana se puede considerar domicilio. Y si estos se habían acomodado dentro hasta el punto de echarse una siesta, pues lo mismo encaja más la usurpación.

user Puff | Hace un año

,,a ver "All in" así por encima, y sin ir a una Universidad,, pero te recomiendo que hagas como yo,,te coges el Código Penal y lees la diferencia entre Usurpación de vivienda , Allanamiento y Robo interior de vivienda,, y llegarás a la conclusión de que la diferencia es, si está habitada o no..aunque en este caso, si cuatro desalmados te fuerzan la puerta de un vehículo, ya sea un coche, una furgoneta o una caravana,,y entran en su interior es un Robo con Fuerza,,nada más, decir esto ni es de gran comentarista, ni de universitario ,, se trata de uno que da su opinión,, igual que tú das la tuya.

Professor H` Professor H` | Hace un año

FartdecapdefabesSi te paran en un control y no les dejas entrar, siempre pueden inmovilizarte el vehículo y retenerlo hasta que llegue una orden, cosa fastidiosa

user All in | Hace un año

@Puff como se nota que estudiaste derecho en CCC. Y que es el delito de usurpación, listo. Iluminamos, gran comentarista de este diario.

user Puff | Hace un año

,,,a ver " Fartdecapdefabes", en todos los supuestos que existan, ya sea como morada del propietario o simplemente como un vehículo, se considerará Delito de Robo con Fuerza,,nunca una " okupacion" a más, existen infinidad de jurisprudencias donde se aclara,, y además, tú mismo lo escribes,,por ejemplo, toda vivienda que se declare como habitual, la intrusión de personas ajenas a ella,,el delito sería " Robo interior vivienda con o sin personas en su interior" o " Allanamiento"..nunca en este caso..

user X | Hace un año

FartdecapdefabesMagnífica aclaración. Gracias ¡! Tengo una camper.

user Fartdecapdefabes | Hace un año

Si es una caravana o furgoneta adaptada camperizada, y en la ficha técnica del vehículo así consta, cuenta como morada y por tanto sería una okupacion. Es más, si vas en caravana y te para la Guardia Civil, solo pueden registrarte la cabina de conducción, puesto que el resto del vehículo se trata igual que una "casa" y para registrarlo necesitarían una orden o que se produjera un delito flagrante en el momento. Otra cosa es que sea una Renault Kangoo con un colchón en el maletero...

user Nn | Hace un año

manso71Tú tampoco estás en lo cierto. Se pueden ocupar todo tipo de cosas que no tengan dueño. En cambio, lo que no se puede es okupar cualquier cosa, que es un concepto distinto, y que requiere que sea un inmueble y que tenga dueño. En este caso, probablemente se trate de un robo con fuerza como escribe Puff.

user manso71 | Hace un año

Para que se trate de una ocupación, en la caravana debería vivir alguien antes de ser forzada. Para que una caravana tenga consideración de vivienda, su propietario tiene que empadronarse en ese sitio. De cumplirse ambos casos sí que nos encontraríamos ante un allanamiento de morada, y por tanto de una okupación. Me parece que ustedes confunden un robo con una ocupación, bien por ignorancia, bien de forma premeditada.