Un tiquetero de Sant Antoni, así como de manera subsidiaria la sociedad explotadora directa de la discoteca para la que trabajaba en agosto de 1994, tendrán que pagar cerca de trece millones de pesetas a la familia de un joven inglés que murió en estas fechas después de que fuera agredido por el acusado.

El titular del juzgado de Instrucción número 4 de Eivissa, Pedro Luis Viguer, ha resuelto de esta manera la acusación de la familia de Steven Bruce Riley, representada por el abogado Fernando Alberich, tras el juicio de faltas por imprudencia que se celebró en la isla la semana pasada. El juez Viguer considera probado que en la madrugada del 28 agosto de 1994 Jamie Edwards, que recogía tickets en la puerta una céntrica discoteca de Sant Antoni, propinó «un violento empujón en la cara con la mano abierta» al turista, ocasionando que éste, que iba muy bebido, se tambaleara y cayera «a plomo» de espaldas al suelo golpeándose la cabeza fatalmente. La sentencia da la razón al abogado Fernando Alberich cuando reclamó una indemnización millonaria -algo superior a la concedidabasándose simplemente en la responsabilidad del tiquetero porque su acción provocó la muerte del turista inglés sin que en ello mediara una acción de legítima defensa, tal y como pretendían las representaciones de la defensa a raíz de las molestias que anteriormente había causado la víctima por su estado de embriaguez.

«Su caída se produjo única y exclusivamente por el empujón del acusado, que es por tanto la causa determinante y exclusiva del fallecimiento», explica la sentencia. Esta, además, precisa sobre las molestias que estaba causando el turista y su supuesta relación con un golpe defensivo: «Ello no justifica la agresiva reacción del acusado, pues no cabe hablar de legítima defensa porque, al igual que no está acreditado que el acusado diera un puñetazo al fallecido -sólo consta que le empujó- no consta tampoco acreditada la supuesta agresión ilegítima del finado que justifique la reacción defensiva».