La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena por narcotráfico contra P.A.L., de 34 años, y J.F.L.R., de 28. Los magistrados del Alto Tribunal han rechazado su recurso de apelación y han dado por buena la sentencia emitida por la Audiencia Provincial. Han sido condenados a las penas de seis y cinco años, respectivamente.

Ambos fueron detenidos en Eivissa por agentes del Cuerpo Nacional de Policía adscritos al Grupo de Crimen Organizado y Estupefacientes en agosto de 2008.

Según se consigna en la sentencia como hecho probado, «sobre las 12 horas del día 21 de agosto de 2008 el acusado P.A.L. fue sorprendido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía en la zona de Cala Llonga de Eivissa cuando tenía en su poder tres envoltorios con 703.86 gramos de cocaína y 21 de lidocaína, sustancia de corte de la cocaína», droga que pensaba distribuir en la isla junto con el otro acusado, dicen los jueces.

Además, la policía interceptó «un paquete postal dirigido a este último acusado que contenía una botella de éter etílico», una sustancia también ilegal, «dos paquetes de xilocaína clorhidrato, un paquete de inositol y dos botes de cafeína, productos químicos destinados al tratamiento y adulteración de la cocaína, con el fin de prepararla para el consumo».

Después, en la entrada y registro realizada en el domicilio y en la nave industrial de uno de los acusados fueron halladas dos básculas, tres gatos hidráulicos, dos moldes metálicos, una prensa hidráulica, una picadora y otros instrumentos utilizados para la preparación de la cocaína, además de 290.260 gramos de marihuana, de un valor aproximado en el mercado ilícito de 870 euros, destinada a su distribución a terceras personas».

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena por narcotráfico contra P.A.L., de 34 años, y J.F.L.R., de 28. Los magistrados del Alto Tribunal han rechazado su recurso de apelación y han dado por buena la sentencia emitida por la Audiencia Provincial. Han sido condenados a las penas de seis y cinco años, respectivamente.

Ambos fueron detenidos en Eivissa por agentes del Cuerpo Nacional de Policía adscritos al Grupo de Crimen Organizado y Estupefacientes en agosto de 2008.

Según se consigna en la sentencia como hecho probado, «sobre las 12 horas del día 21 de agosto de 2008 el acusado P.A.L. fue sorprendido por agentes del Cuerpo Nacional de Policía en la zona de Cala Llonga de Eivissa cuando tenía en su poder tres envoltorios con 703.86 gramos de cocaína y 21 de lidocaína, sustancia de corte de la cocaína», droga que pensaba distribuir en la isla junto con el otro acusado, dicen los jueces.

Además, la policía interceptó «un paquete postal dirigido a este último acusado que contenía una botella de éter etílico», una sustancia también ilegal, «dos paquetes de xilocaína clorhidrato, un paquete de inositol y dos botes de cafeína, productos químicos destinados al tratamiento y adulteración de la cocaína, con el fin de prepararla para el consumo».

Después, en la entrada y registro realizada en el domicilio y en la nave industrial de uno de los acusados fueron halladas dos básculas, tres gatos hidráulicos, dos moldes metálicos, una prensa hidráulica, una picadora y otros instrumentos utilizados para la preparación de la cocaína, además de 290.260 gramos de marihuana, de un valor aproximado en el mercado ilícito de 870 euros, destinada a su distribución a terceras personas».