Los hechos ocurrieron en esta empresa el 23 de mayo de 2007 con una picadora de carne.

J.L.F.M., propietario de la empresa Companatge S.L., en la carretera de Santa Gertrudis, aceptó ante la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez de Arellano, una pena de un año y medio de cárcel que se sustituye por el pago de una multa de 9.030 euros por la comisión de un delito contra el derecho de los trabajadores en concurso con otro de lesiones por imprudencia. Ayer, en la sala de juicios, no fue necesario escuchar a las partes, ya que el empresario reconoció su responsabilidad y su defensa alcanzó un acuerdo con el Ministerio Público.
Los hechos que se juzgaban ocurrieron el 23 de mayo de 2007. Entonces trabajaba en esta empresa la rumana M.C., que estaba empleada «de modo verbal» y no estaba dada de alta en la Seguridad Social, según el escrito de acusación. Se ocupaba de tareas de limpieza y no había recibido ninguna formación acerca de los riesgos de su trabajo.
J.L.F.M. encargó a esta mujer que limpiara una máquina picadora de carne, que no disponía de parada de emergencia. La mujer comenzó con la limpieza de la máquina sin desconectar el cable de conexión a la red eléctrica, algo que se señala en el manual de instrucciones.
Cuando metió la mano izquierda para retirar las cuchillas de la máquina, que carecía de las señalizaciones indispensables para garantizar la seguridad, se accionó el botón de puesta en marcha. La mano quedó destrozada y hubo que amputársela por encima de la muñeca. La mujer tardó 173 días en recuperarse.

Acuerdo privado de la perjudicada con la empresa para la indemnización
La trabajadora que perdió la mano izquierda alcanzó un acuerdo con la empresa para determinar la cuantía de la indemnización, de forma que ella no presentó denuncia contra la compañía. Además de los 9.030 euros de multa, el propietario de Companatge S.L. también ha sido inhabilitado por un periodo de un año y medio para realizar tareas de coordinación de seguridad.