PALMA. SUCESOS. JUICIO EN LA AUDIENCIA PROVINCIAL POR EL CASO CRETU. FOTOS: ALEJANDRO SEPULVEDA | Alejandro Sepúlveda

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso que presentó la organización ecologista GEN-GOB contra la absolución del exalcalde de Sant Antonio Antoni Marí Tur en el juicio del caso Cretu, en el que se le acusaba de prevaricación urbanística.

En la sentencia emitida el pasado mes de diciembre, la Audiencia Provincial admitía que Marí Tur concedió la licencia de construcción a un edificio que era ilegal, pero no quedó acreditado que su decisión fuera «injusta y arbitraria» porque el tribunal consideraba que «la Ley de Espacios Naturales induce a confusión» y que algunos aspectos de este texto «necesitaban un desarrollo posterior que definiera o concretara que se entendía exactamente por 'cima' o por 'prominencia del terreno'».

En el año 1996, cuando Antoni Marí Tur era alcalde de Sant Antoni, firmó la licencia que permitía al músico Michel Cretu construir una mansión en un Área Natural de Especial Interés (ANEI) y en la cima de una colina, lo que está expresamente prohibido. La mansión fue demolida por orden judicial el año 2009.

La vista por el recurso del GEN-GOB, según ha informado en un comunicado la asociación ecologista, se ha señalado para el próximo día 2 de octubre y presidirá la sala del Supremo el magistrado Cándido Conde-Pumpido, que fue Fiscal General de Estado entre 2004 y 2011.