Los tres acusados se conformaron ayer con la pena solicitada. | (c) Sergio G. Canizares

La audiencia provincial desplazada a la sede judicial de Eivissa dictó ayer sentencia firme contra los acusados Alberto Ruiz Blanco y Joaquín Luis Gómez a los que decretó una multa de 6 meses, a 5 euros al día, es decir, un total de 900 euros de multa por el delito de tenencia de pornografía infantil y al pago de un tercio de las costas, y a José Luis Gómez a un año de prisión y a pagar el otro tercio de las costas procesales por un delito de distribución de pornografía infantil. Una condena acordada con le fiscal tras la conformidad de los acusados acusados.

Según el escrito de acusación, Alberto Ruiz Blanco estaba en posesión de nueve archivos que contenían una serie de fotografías de carácter pornográfico infantil, encontrados tras un registro realizado previa autorización judicial en fecha de 23 de marzo de 2009. En las imágenes se podía observar a unas menores de edad, no identificadas, totalmente desnudas y mostrando sus genitales. En uno de estos archivos, recibidos en el correo de José Luis Gómez González se observaba a una menor realizando una felación a dos hombres.

A raíz de lo anterior, se comprobó que la cuenta de correo electrónico de José Luís Gómez, desde donde se había distribuido el material, pertenecía al titular de la línea telefónica perteneciente a Joaquín Gómez González, procediéndose entonces a la entrada y registro del domicilio, en Barcelona, en el que vivía junto a su hermano José Luis Gómez, y donde estaba el equipo informático usado para distribuir el material, así como varios discos duros externos. Tras el registro, se encontraron archivos de contenido pornográfico. Se hallaron un total de 81 imágenes y minivideos donde aparecían menores de edad manteniendo relaciones sexuales y realizando otras prácticas de la misma índole.