Los cinco imputados en la 'operación Voltor' requeridos por el juez de guardia para eludir la cárcel con la constitución de fianzas apuraron hasta el último momento el plazo concedido para depositar las cauciones en el Juzgado de Instrucción 10 de Palma. Todos ellos delegaron en sus respectivos abogados el trámite judicial, en una jornada intensa, con el reloj pisándoles los talones, ya que el plazo acababa ayer.

El concejal en el Ajuntament de Palma y ex conseller de Turisme Miquel Nadal; el ex presidente de UM Miquel Angel Flaquer, el ex director de Promoción Turística Joan Sastre, el ex director de Calidad Medio Ambiental y ex gerente del Inestur, Antoni Oliver presentaron avales por valor de cien mil euros cada uno, mientras que el contable de UM y responsable económico del Inestur, Alvaro Llompart, lo hizo por una cuantía de 75.000 euros.
La 'operación Voltor' investiga la supuesta trama de desvío de fondos públicos a sociedades y empresas afines a UM. Sobre la causa pesa el secreto del sumario.
El juez acordó el pasado sábado exigir fianzas a los principales imputados, tras una interrogatorio que se prolongó durante todo el día.

Delitos
A Miquel Nadal se le imputa un delito de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, mientras que a Miquel Angel Flaquer, además de malversación de caudales públicos, se le imputa un delito de fraude a la administración.

A Oliver se le atribuyen los delitos de fraude a la administración, malversación de caudales públicos, un delito continuado de prevaricación administrativa, coacciones y cohecho.

Sastre, por su parte, está imputado por fraude a la administración, malversación de caudales públicos y un delito continuado de prevaricación administrativa, y al contable de la formación mallorquina, Alvaro Llompart, se le imputan los delitos de fraude a la administración y malversación. Pese a haber constituido estas cauciones, pesan sobre estos cinco encausados otras medidas cautelares, tras haberles sido retirado el pasaporte y recaer sobre ellos la prohibición de abandonar el territorio nacional sin previa autorización judicial y la obligación de comparecer quincenalmente ante el Juzgado. Asimismo, se les prohíbe comunicarse entre ellos durante la tramitación de este procedimiento.