Popular, Caixabank, Sabadell, Liberbank, Unicaja y Abanca comenzarán esta semana a atender las reclamaciones presentadas por cláusulas suelo no transparentes, aplicando de este modo el Real Decreto del Gobierno en la materia, que ofrecía a las entidades un plazo de un mes para constituir el sistema de reclamación a contar desde el pasado 21 de enero, fecha en que entró en vigor la norma.

En concreto, Liberbank y Sabadell estudiarán las quejas de sus clientes relativas a cláusulas suelo desde el lunes 20 febrero. Pese a la puesta en marcha del mecanismo, ambas entidades siempre han defendido que sus cláusulas suelo son transparentes y, por tanto, legales. Aun así, se muestran abiertas a negociar individualmente con sus clientes.

Mientras, Caixabank, Abanca, Unicaja y Popular iniciarán el análisis de las reclamaciones a partir del martes 21 de febrero. Según consta en un documento explicativo, los clientes de Popular afectados por cláusulas suelo tendrán la opción de recuperar lo cobrado de más por esta condición bien en efectivo bien a través de una medida compensatoria.

Por su parte, Unicaja ha recogido hasta el momento las reclamaciones de los clientes y les ha informado de que se empezarán a tramitar una vez que tenga lugar la puesta en funcionamiento del mecanismo en la entidad. En cualquier caso, fuentes del banco que las cláusulas suelo dispuestas en sus contratos de préstamos hipotecarios «son claras y transparentes».

Otros bancos, como BMN, ya tienen constituido el mecanismo de recepción de las reclamaciones, que comenzarán a atender a principios de marzo, según han informado fuentes del banco. En este caso, la fórmula de pago que ofrece la entidad podrá ser en efectivo, mediante una medida compensatoria o una combinación de ambas.

Ibercaja, por su parte, puso en funcionamiento el sistema de atención de reclamaciones el pasado 10 de febrero, según figura en la documentación colgada en su página web.

En este proceso, Bankia ha sido la entidad más avanzada, al poner en marcha la devolución de lo cobrado de más el pasado 3 de febrero. Hasta el momento, la entidad que preside José Ignacio Goirigolzarri ha devuelto 52,7 millones de euros cobrados de más a 9.828 personas cuyos contratos tenían cláusulas suelo. De las personas afectadas, el 83,6% ha optado por el abono en efectivo y el 16,4% ha elegido amortizar su hipoteca.

Entidades como Santander y Bankinter quedan exentas de aplicar el Real Decreto del Gobierno, pues no comercializaron hipotecas con cláusulas suelo.

BBVA, a la espera del Supremo

BBVA, por su parte, está a la espera de conocer la sentencia íntegra del Tribunal Supremo que aplica por primera vez la retroactividad de las cláusulas suelo tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), cuyo fallo ha sido adelantado esta semana.

El alto tribunal español rechazó el recurso de la entidad que preside Francisco González en el que pedía aclarar si en su caso podía aplicarse la condición de «cosa juzgada», puesto que el banco ya había sido condenado en mayo de 2013 a retirar estas cláusulas de sus contratos.

Fuentes de BBVA que el banco «respetará y cumplirá» la resolución jurídica del Tribunal Supremo «sin reservas». «En cuanto recibamos la sentencia procederemos a atender las reclamaciones», apuntaron.

Por el momento, BBVA ya tiene constituido «un equipo muy potente» para recibir las reclamaciones de sus clientes, además de haber habilitado su página web, ofrecer su correo electrónico y trasladar toda la información necesaria a sus sucursales.

Procedimiento rápido y gratuito

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 20 de enero un Real Decreto de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas que establece un procedimiento extrajudicial para resolver de forma «rápida y gratuita» las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

El procedimiento da tres meses a los bancos desde la recepción de la reclamación para llegar a un acuerdo con el consumidor y resolver su petición. La vía judicial quedará abierta en el caso de que el cliente no quede satisfecho con la oferta de su banco.

Una vez que el hipotecado dirige la reclamación a la entidad, ésta deberá remitirle un cálculo de la cantidad a devolver incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no procede.

Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá decidir si está de acuerdo o no. Si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo en un plazo máximo de tres meses, aunque también cabe la posibilidad de que la entidad y el cliente acuerden otras medidas compensatorias alternativas, como la novación de las condiciones de la hipoteca.

En ese caso, la aceptación por parte del cliente será manuscrita, tras haber sido informado debidamente del valor económico de la medida alternativa.

El consumidor puede elegir voluntariamente iniciar este procedimiento o bien acudir a la vía judicial, pero, en todo caso, si elige el mecanismo ninguna de las partes podrá iniciar acciones judiciales o extrajudiciales alternativas en relación con la misma reclamación hasta que el proceso se haya resuelto.