Una bombona de butano. | ultimahora.es

El precio máximo de la bombona media después de impuestos se mantendrá en 17,5 euros, que es el tope legal fijado hasta 2014 por la nueva normativa de revisión de precios, según consta en una resolución del Ministerio de Industria, Energía y Turismo publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con efectos desde mañana.

El pasado mes de mayo, la bombona de butano subió un 2,15%, hasta situarse en 17,5 euros. Hace un año, su corte, incluyendo IVA e impuestos especiales, era de 16,32 euros.

Según la resolución publicada en el BOE, el precio máximo de venta antes de impuestos se mantendrá a partir de mañana en 114,2025 céntimos por kilogramo, después de haberse reconocido un coste de comercialización de 48,6737 céntimos por kilogramo.

Este importe de 114,2025 es el tope legal hasta marzo de 2014 establecido en la orden ministerial del 21 de marzo de 2013, en la que se detalla el nuevo mecanismo de precios en el territorio nacional, salvo Canarias, Ceuta y Melilla.

Revisión

El nuevo mecanismo contempla una frecuencia de revisión bimestral de precios, que se realiza en el segundo martes de cada mes impar, así como un máximo de revisión anual por encima del cual se reconocen unas cantidades a los operadores para su cobro futuro, sin que sean repercutidas inmediatamente al consumidor.

De este modo, el nuevo mecanismo bimestral incluye un sistema parecido al de la electricidad, en el que las cantidades que no se cubran vía ingresos generan un déficit de tarifa que el sector podrá recuperar posteriormente, si bien Industria se cuidará de evitar que la deuda se acumule año a año hasta resultar insostenible.

La idea es que los meses en que las cotizaciones asociadas a la revisión del butano provoquen subidas superiores a los 17,5 euros estos excesos no se repercutan al consumidor, pero puedan absorberse rápidamente en cuanto haya bajadas en meses posteriores.

El precio de la bombona de butano, que afecta a más de ocho millones de usuarios en España y que hasta ahora se revisaba trimestralmente, nunca podrá registrar una oscilación al alza o a la baja superior al 5%.