La Seguridad Social ha recordado a pensionista y jubilados que tienen la obligación de avisar sobre sus circunstancias o situaciones. Tan solo son cuatro puntos los que hay que seguir y poner en conocimientos de la Seguridad Social: iniciar actividades laborales, cambios de domicilio habitual como fiscal, nacimientos, defunciones, cambios de estado civil u otro en el ámbito familiar.

Los pensionistas que viven fuera de España tienen que presentar su Fe de vida. Este documento se debe presentar durante los tres primeros meses que se viva en el país y se asegura de seguir cobrando la pensión.

En el caso de defunción de un jubilado o pensionista se debe comunicar a la Seguridad Social aportando en certificado de defunción. Para hacerlo puede accederse a la sede electrónica de la Seguridad Social y entrar con el certificado digital, DNIe o Cl@ave. Si no se dispone de ninguno de ellos puede realizarse mediante la plataforma para solicitudes.

Si la persona viviese fuera de España se debe notificar a la Dirección Provincial de Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Consejería Laboral de la Embajada de España.