El Tribunal Supremo hizo pública la semana pasada la sentencia que eleva a quince años de prisión la condena a los cinco integrantes de ‘La Manada’ por un delito continuado de violación con trato vejatorio, argumentando el veredicto anticipado el pasado 21 de junio. Con un criterio jurídico distinto al de la Audiencia Provincial de Navarra y del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que no apreciaron ni violencia ni intimidación y los condenaron a nueve años por abuso sexual con prevalimiento, los magistrados del Supremo concluyen que «el silencio de la víctima sólo se puede interpretar como un no». También afirman que los miembros de ‘La Manada’ buscaron «expresamente la situación, sin que la víctima tuviera capacidad de respuesta». Al elevar sustancialmente la condena, el Supremo transmite un severo y contundente mensaje destinado al conjunto de la sociedad y a los tribunales a los que corresponde juzgar estos delitos.
EDITORIAL
Severo mensaje del Supremo contra los delitos sexuales
Ibiza09/07/19 4:01
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