El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado martes el traslado del hasta ahora secretario del Ayuntamiento de Sant Joan, Jesús Montolio, a la localidad valenciana de Ayora. La institución se ha quedado sin secretario-interventor y ahora debe decidir, en sesión plenaria, cómo cubrir la vacante, aunque el alcalde Antoni Marí Marí, Carraca, reconoce que quiere consultar cuál es el procedimiento jurídico que debe seguirse en este caso.

En realidad, el Consistorio tiene un escaso margen de maniobra, especialmente teniendo en cuenta que hay una persona con la categoría necesaria que se ha ofrecido por escrito para ocupar la plaza. La solicitud entró en el Ayuntamiento el pasado 16 de septiembre, antes, incluso, de que el secretario hubiera abandonado su puesto oficialmente.

Según el Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio sobre Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, la primera posibilidad, con preferencia absoluta sobre el resto, es proceder al nombramiento provisional de un secretario-interventor si esto es posible en el momento en el que la plaza quede desocupada.

El nombramiento le corresponde realizarlo al órgano competente de la Comunidad Autónoma -en este caso la Conselleria d'Interior- una vez que el pleno de la Corporación local haya tomado una decisión. El nombramiento deberá recaer en todo caso en un «habilitado», es decir, un secretario-interventor que haya superado la oposición y tenga «la misma subescala o categoría a que está reservado el puesto».