La Conselleria d'Interior del Govern balear requirió al Ayuntamiento de Sant Joan el pasado 22 de septiembre para que apruebe en sesión plenaria el nombramiento provisional de Margarita Lliteras como secretaria-interventora de la institución. Lliteras comunicó al Ejecutivo autonómico que está dispuesta a cubrir la vacante que Jesús Montoliu dejó el pasado 28 de septiembre y, puesto que tiene la categoría exigida por la ley para ocupar el puesto, el director general d'Interior, Antoni Torres, señala en su escrito: «Os solicitamos el acuerdo de la Corporación local de Sant Joan de Labritja para poder proceder al nombramiento provisional».

Este no es el único documento que ha recibido el Consistorio en relación a esta cuestión y es que, antes de marcharse y a petición del propio alcalde, el secretario saliente redactó un informe indicando cómo debería cubrirse la vacante.

En dicho informe, Montoliu señala que el nombramiento provisional debe recaer en «habilitados de la subescala y categoría en que esté reservado el puesto». Sin embargo, haciendo caso omiso de estos dos escritos e ignorando lo estipulado en el Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio, el equipo de gobierno ha optado por hacer un nombramiento accidental que ha recaído en un funcionario con categoría de auxiliar administrativo. Esta decisión contradice frontalmente la legalidad vigente que establece que la única posibilidad legal es proceder al nombramiento provisional -si existe la persona adecuado para ello, como es el caso- hasta que se abra el oportuno concurso estatal, al que pueden concurrir todos los secretarios interesados en ocupar la plaza.

El alcalde, Antoni Marí Marí, Carraca, insiste en que su deseo es cumplir con la legalidad y que, por ello, ha solicitado informes jurídicos para saber cómo debe actuar. Por el momento, su actuación, según juristas consultados por este periódico, podría ser constitutiva de un delito de «prevaricación», puesto que ha dictado una resolución (la de habilitar a un funcionario para el puesto) a sabiendas de que es contraria a derecho.