El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) confirmó ayer el blindaje urbanístico del Parque Natural de ses Salines al desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por un grupo de propietarios de terrenos de la zona en contra del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado por el Govern balear el 24 de mayo de 2002.

Los demandantes recurrieron la aprobación del PORN del Parque Natural porque, a su entender, éste es contrario al ordenamiento jurídico al establecer una suspensión de la clasificación de los suelos urbanos, entre otras cosas. La sentencia recuerda que la ley del Parque afirma en la Disposición Transitoria Primera que queda suspendida la clasificación de los suelos urbanos hasta la aprobación del Plan Rector de Usos y Gestión (PRUG), para el que se fijó un plazo máximo de tres. «En consecuencia nada innova el PORN sino que se limita a reproducir una previsión legal», dice la sentencia, que añade que tampoco puede afirmarse «la inconstitucionalidad en este punto de la ley en cuanto que únicamente contempla una suspensión temporal de la eficacia de la clasificación urbana de los terrenos».

El TSJB tampoco ve motivos suficientes para plantear la inconstitucionalidad de la ley autonómica por la que se declaro Parque Natural a ses Salines. Para ello, el tribunal argumenta que «las competencias autonómicas para dictar la norma son incuestionables», aparte de que «ni el PORN ni la Ley del Parque vulnerar los artículos 6 y 15 de la Ley 4/1989».

Asimismo, el TSJB cree que los demandantes sí tuvieron la oportunidad de seguir el trámite de audiencia previo a la aprobación del PORN, en contra de lo que ellos mantienen, recordando que «puede satisfacerse por medio de las corporaciones y asociaciones reconocidas legalmente». El tribunal apunta que se convocaron a más de 20 asociaciones de vecinos a reuniones informativas: «Lo mismo se hizo con asociaciones de agricultores , cazadores y pescadores... En definitiva, se entiende debidamente cumplido el trámite».