El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha archivado la querella que el ex socialista Roque López interpuso a través de su abogado Andrés Tuells contra la letrada Ascensión Joaniquet y el juez José Espinosa por presuntos delitos de «prevaricación y cochecho», en el marco del caso Eivissa Centre.

El magistrado instructor ha remitido esta resolución al juez-decano de Eivissa «con el fin de proceder de oficio contra el denunciante-querellante y el autor de la querella al existir bastantes indicios de falsedad en la imputación realizada». También obliga a Tuells y a López a pagar las «costas causadas» y les deniega la apertura, que habían solicitado, de nuevas diligencias en la causa.

Así lo destaca el magistrado Antonio Federico Capó Delgado en su auto de cincuenta páginas, en el que determina que «no hay indicios racionales de que la letrado Joaniquet haya pagado deudas del magistrado José Espinosa y de su esposa como se sostiene en la querella». «Tampoco los hay de que los fondos con los que se pagaron los 38.000 euros procedieran del bolsillo de la señora Joaniquet», asegura.

De esta forma, el juez resuelve las acusaciones que Tuells y López habían vertido en su querella, en la que denunciaban que Joaniquet de había saldado una deuda de 38.000 euros de la esposa del Juez Espinosa, instructor por entonces del caso Eivissa Centre, favoreciendo la adopción de resoluciones favorables a los intereses de los defendidos de la letrada en este caso, en el que se investigan presuntos cobros de comisiones, y en el que Joaniquet representa a varios dirigentes del PSOE, como el presidente del Consell, Xico Tarrés. Una querella que al ser admitida a trámite por el TSJB obligó al juez Espinosa a apartarse de la causa.

El magistrado instructor explica también en su resolución que si bien es verdad que tanto la acreedora como la esposa del juez y Joaniquet son vecinas del mismo inmueble, ya que la letrada tiene allí su despacho profesional, ello explica la «intervención» de la abogada «en calidad de mediadora entre ambas partes, al surgir el conflicto ante el impago de parte de la deuda».

Por otra parte, el auto indica que no «hay indicio alguno de que exista una 'amistad íntima' entre el juez Espinosa y su mujer y la señora Joaniquet ni de que éstos hayan llegado a compartir mesa y mantel en numerosísimas ocasiones en reuniones privadas, como sostiene la querella». «No ha existido en definitiva dádiva de la letrado Joaniquet al magistrado Espinosa, como se sostenía en la querella, y ello hace a la vez imposible la existencia de delitos de cohecho al que se refería aquella», apunta.

En definitiva, para el magistrado instructor, el hecho de que «no existan indicios de que hubiera habido pagos de la letrado Joaniquet para cubrir las deudas del magistrado Espinosa», ni de que «hubiera una amistad ínitma de ambos» ni tampoco «de que la letrada hubiera prestado sus servicios de asesoramiento personal del matrimonio Espinosa-Díaz», demuestra que la querella «no sustenta la injusticia de resolución en dato alguno». De esta forma, el magistrado rechaza la acusación de Tuells hacia el juez Espinosa «de dictar resoluciones a sabiendas de su injusticia», tanto por haber imputado a su defendido, Roque López, por un delito de falsedad documental o falso testimonio, como por haber archivado la imputación de Tarrés por un delito de falsedad documental.

El auto indica también que el abogado de López «conocía todos los detalles del pago de la deuda entre la esposa del magistrado y su acreedora, aunque en la querella dice ingnorarlo» y asegura que Tuells «posee también toda la documentación, incluidos el contrato del préstamo», ya que él mismo compró una supuesta deuda de la esposa del magistrado, que asciende a 27.000 euros.

Cabe recordar que el letrado afirmó hace unos días que la compra de esta deuda la efectuó para «evitar que se destruyeran pruebas».