La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional de la causa penal abierta contra el antiguo representante legal de la cantera Canal d'en Capità, una explotación situada en una Àrea Natural de Especial Interés (ANEI) del municipio de Eivissa y que había sido denunciada en numerosas ocasiones por los vecinos.

La Fiscalía recuerda que esta explotación ha carecido durante toda su vida de las correspondientes licencias de instalación, apertura y funcionamiento, exigidas tanto en la legislación local como en la específica. Sí contaba con licencia o autorización minera, otorgada en 1967. Por tanto, según el Ministerio Público, la actividad desarrollada por la cantera ha sido siempre «ilegal».

Por todo ello, la Fiscalía concluye que puede existir un delito contra el medio ambiente, aunque no entra en el fondo del asunto porque existe una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que avala la legalidad de la explotación.

Contencioso-administrativo

Los hechos se remontan al año 96, cuando siendo alcalde de Eivissa Enrique Fajarnés, varios particulares presentaron denuncias ante el Ayuntamiento por la ilegalidad de la cantera, ya que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) no permitía conceder licencias para este tipo de explotaciones en el municipio. El alcalde actuó, según el fiscal «parcialmente», y requirió a los propietarios que en el plazo de dos meses presentaran solicitud de licencia. Sin embargo, lo que se debería haber hecho en ese momento, según Fiscalía, es ordenar inmediatamente la suspensión de la actividad.

Después de ello, en 1997 se ordenó el cierre y la paralización de la explotación, pero cinco días más tarde se revocó la decisión para dar un plazo mayor para regularizar su situación. Esa decisión fue objeto de un recurso contencioso administrativo por parte de otra empresa explotadora de canteras, Readymix.

Fue entonces cuando el TSJB emitió una sentencia en la que desestimó el recurso dando validez a la decisión del Ayuntamiento.

Según Fiscalía este fallo judicial «llama la atención» porque prioriza reglamentos frente a normas con rango de ley. Por ello, en el caso de que hubiera delito contra el medio ambiente, se produjo una autorización del Ayuntamiento refrendada por sentencia del TSJB «de forma excepcional, extraordinaria e insólita», un fallo que se considera «discutible». «Nos parece imposible, de acuerdo con el principio de culpabilidad, exigir responsabilidad penal a un particular que se comporta con arreglo a lo declarado acorde con el ordenamiento por un tribunal de justicia en una sentencia (salvo que a la sentencia se hubiera llegado con violencia, intimidación o fraude, lo cual no se plantea en este caso)».

Es por ello que Fiscalía cree que la actuación del representante legal de la cantera está «amparada por el ordenamiento» y pide el archivo del caso.

Tarrés llegó a estar imputado en esta causa

El ex alcalde de Eivissa Xico Tarrés llegó a estar imputado en esta causa por un presunto delito contra el medio ambiente, aunque más tarde el juez retiró la imputación al no apreciar delito. En ese momento, el juez se basó también en la sentencia del TSJB que avalaba la actuación del Consistorio. Sin embargo, no exculpó al representante legal de la anterior empresa propietaria, ya que posteriormente la cantera fue comprada por MAB y Suministros Ibiza (Empresas Matutes).