El titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma ha desestimado un recurso contra la demolición de la casa Puig d'en Serra presentado por la entidad Goettinger Vertriebgesellschaft, propietaria de la vivienda, y la ha condenado a pagar las costas del proceso. Esta empresa recurrió el proyecto aprobado por el Ayuntamiento de Sant Josep en febrero de 2009 para demoler la vivienda. Una sentencia de 2004 obliga a su derribo debido a que la licencia otorgada por el Consistorio es ilegal.

El juez ahora considera que es una «temeridad manifiesta» que la entidad Goettinger Vertriebgesellschaft haya interpuesto este recurso contra el proyecto de derribo con una «fundamentación jurídica tan insostenible». Esta empresa argumentó que había defectos formales en la notificación del proyecto de demolición y que éste incumplía la legalidad al haberse omitido el preceptivo informe del órgano ambiental competente. Goettinger Vertriebgesellschaft también consideró que el proyecto no precisa la parte de construcción que debe ser mantenida y que la demolición es «improcedente» hasta que no se resuelva la petición de indemnización como consecuencia de la ilegalidad de la licencia.

«Peregrina e insostenible»

Ante estos argumentos el juez considera que no ha habido indefensión de la empresa y que el Ayuntamiento ha cumplido los trámites legales necesarios. Asimismo, remarca que la petición de que primero se espere a la resolución de la indemnización es «tan peregrina como insostenible». «Lo que determina la exigencia de responsabilidad patrimonial no es la mera anulación de la licencia de obras sino la efectiva demolición de las obras», recuerda el juez, por lo que primero habrá que esperar a que se derribe la casa para luego poder pedir la indemnización y no a la inversa, «como parece sostener temerariamente» la empresa.

Por todo ello, el juez desestima el recurso de los propietarios de Puig d'en Serra y le impone el pago de costas por «la evidente temeridad» con la que han interpuesto el recurso «con la finalidad de dilatar injustificadamente el cumplimiento de una resolución judicial que acuerda la demolición de unas obras ilegales». Ante este fallo, la empresa puede presentar un recurso de apelación.

La empresa pretendía que se declarara la nulidad del proyecto de demolición y se obligara al Ayuntamiento a la formulación de un proyecto que cumpliera las disposiciones legales. El Ayuntamiento solicitaba que se desestimara este recurso y que se le hicieran pagar las costas a la empresa, algo que finalmente ha sucedido.

Sant Josep retoma la adjudicación del concurso de demolición

Desde el Ayuntamiento de Sant Josep indicaron ayer que una vez que les han comunicado la sentencia han retomado los trámites para hacer efectiva la demolición de la edificación y el retorno de los terrenos a su estado original. «En pocas semanas saldrán las bases de licitación del derribo y se pedirá a la Justicia el permiso para poder entrar en estas propiedades para ejecutarlo», indican desde el Consistorio, donde recuerdan que la sentencia les ha dado la razón y ha confirmado que han actaudo «conforme a derecho».