El nuevo Plan Territorial Insular (PTI) restringe de forma muy importante la posibilidad de ampliación de las casas payesas. Según el texto, que es un tanto contradictorio, sólo se podrán agrandar mediante la implantación de volúmenes adosados «si el resultado se integra en el conjunto existente siguiendo las pautas de crecimiento de la arquitectura rural de Eivissa». De esta forma, las casas payesas no se pueden ampliar en vertical y el adosamiento de volúmenes podrá afectar a una sola de las cuatro fachadas. Además, la ampliación «tendrá un carácter puramente secundario» y volumétricamente no podrá superar en altura a la edificación existente. Tampoco se podrán introducir formas descontextualizadas de la tradición como arcos o torres y la actuación tiene que ser siempre reversible, para que en caso necesario se pueda derribar. Por este último motivo, tampoco se admiten sótanos ni semisótanos. «En las ampliaciones no se admitirán espacios de más de 4,50 m. de luz para no desvirtuar la configuración volumétrica del conjunto y de los espacios interiores», añade el texto.

Restauración

El texto es un tanto confuso, porque en otro apartado del PTI se asegura que en las casas payesas sólo se podrán hacer actuaciones de restauración, conservación, consolidación y rehabilitación «sin que se pueda afectar su volumetría concreta ni sus fachadas». En este caso, estas intervenciones no pueden afectar a los elementos estructurales y los materiales que se utilicen tendrán que ser los tradicionales. «No obstante, se podrán admitir materiales actuales en las cubiertas, los refuerzos de estructura y las instalaciones», añade el PTI.

Con las modificaciones introducidas, ahora se considera que cualquier edificación en suelo rústico construida antes de 1956 puede tener valores patrimoniales o culturales. De hecho, se indica que habrá que hacer un catálogo que las recoja. Si la edificación en cuestión no está incorporada en el catálogo y quieren ejecutarse obras habrá que obtener informe favorable de la comisión de urbanismo del Consell (Ciotupha).

En cuanto a las intervenciones que se hagan en los alrededores de la construcción tradicional se tendrán que mantener los perfiles topográficos existentes de los bancales y los espacios exteriores, no se podrán afectar las vistas panorámicas y los cerramientos previstos tienen que ser los estrictamente tradicionales. En caso de ser de obra serán de piedra seca.

Las piscinas sólo podrán ser de forma rectangular, como máximo de 4 por 10 metros y su situación «respetará los ejes de construcción de la casa y de los muros de bancales existentes», asegura el PTI.

Eso sí, se establece que se podrán efectuar actuaciones «para hacer habitables las casas según las necesidades de la vida moderna».

Todos los cerramientos de obra en suelo rústico tendrán que ser de piedra

El nuevo PTI establece que la construcción de cerramientos en suelo rústico tiene que limitarse sólo en aquellos casos que sean «imprescindibles», como marcar los límites de la propiedad o del ámbito de la propiedad.

Los muros de obra tendrán que ser tradicionales de piedra seca, con una altura máxima de un metro. Los existentes de una altura superior se tendrán que mantener y conservar sin desvirtuar sus características.

El PTI también marca que en los casos en los que esté adecuadamente justificado se admitirán paredes de otros materiales para la contención de tierras. Eso sí, tendrán que estar forradas con el acabado tradicional. Este último tipo de paredes podrán ser más altas que un metro.

En cuanto a los cerramientos diáfanos, tendrán que ser de rejilla amplia (mínimo 15 centímetros), sustentada con palos de madera y que no superen 1,5 metros de altura. También se admiten los llamados «pastores eléctricos», un tipo de cerramiento eléctrico especial para evitar la salida de los animales y que se utiliza en ganadería.