El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma ha desestimado el recurso presentado contra el Plan del Taxi Estacional del Consell d'Eivissa de 2008 por parte de las diferentes asociaciones de titulares del sector.

Se trata, según la institución, de la primera sentencia relacionada con el Plan del taxi que incorporó el reparto de licencias temporales entre asalariados y titulares a partes iguales.

La sentencia apunta que el Consell d'Eivissa «ha seguido los trámites del procedimiento administrativo a que estaba obligado sin haber omitido ningún trámite esencial determinante de indefensión de los interesados, por lo que no concurre la causa de nulidad ni de anulabilidad». Asimismo, desde el Juzgado de lo Contencioso Administrativo resaltan que la administración demandada, es decir el Consell d'Eivissa, «recabó de los ayuntamientos correspondientes el preceptivo informe», con lo que la máxima institución insular «respetó» el derecho de los ayuntamientos afectados a participar y recuerda que la Comunitat Autònoma cuenta con competencias en materia de transporte.

El recurso interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma estuvo motivado por la Asociación Unió Pitiusa de Autónomos del Taxi, las asociaciones del taxi de Sant Joan, Vila, Santa Eulària, la Asociación de Empresarios Taxistas de Sant Josep y la Asociación Sindical de Empresarios de la Bahía de Sant Antoni. Ante dicha resolución cabe recurso de apelación.

«Satisfechos al ver que se respetó la ley»

El conseller responsable del área, Albert Prats, manifestó su satisfacción tras la resolución de la sentencia «porque se ha demostrado que se ha respetado la ley y que la gente compruebe que se hizo todo correctamente». Prats recordó que este recurso vino motivado tras conceder la mitad de las licencias estacionales a los asalariado y «fue un punto conflictivo». «A pesar de ser una resolución de la que estábamos convencidos y era de esperar, es una noticia muy positiva», puntualizó el conseller.