Abascal y Torres (izq.), durante la firma del protocolo, ayer en el Consell. | ESTER REQUENA

Los jueces de Primera Instancia y el responsable del Juzgado de Violencia Doméstica, Juan Carlos Torres, firmaron ayer un protocolo que les permitirá derivar al servicio de mediación familiar del Consell los casos de separación, divorcio y otros conflictos domésticos, que cumplan los requisitos necesarios.

Aunque ya se han derivado algunos casos, este protocolo busca promover y sistematizar la colaboración entre los jueces y el servicio de mediación, que en 2009 atendió a 60 parejas y que durante este año presta servicio a otras 44. Son más de un centenar de parejas, cuyos conflictos fueron mayoritariamente por la custodia de los hijos y por el pago de las hipotecas. De este total, un 70% terminaron en acuerdo, mientras que en otro 30% se ha restablecido el diálogo entre las partes.

El servicio de mediación es un proceso de gestión extrajudicial de conflictos surgidos en el seno de la familia con la asistencia de profesionales cualificados e imparciales. Es gratuito y cuenta con el trabajo de seis abogados y psicólogos.

La consellera de Política Social i Sanitària, Patricia Abascal, explicó ayer que la mediación tiene como objetivo, «que aquellas parejas que están dispuestas a establecer unos acuerdos, después de hablarlo, dialogarlo y discutirlo, sean capaces de firmar un convenio, que se respetará en todo el proceso de la separación y el cuidado de los hijos». «Los jueces han sido sensibles a este servicio que queremos impulsar desde el Consell, porque creemos que es la forma de resolver los problemas sin que se haga mucho daño y se dejen muchos temas personales por el camino», agregó. Esto ocurre porque, según destacaron los representantes del servicio, la mediación, a diferencia de los juzgados, se ocupa también de la parte emocional.

Las parejas que asisten deben cumplir con una serie de requisitos. Deben ser casos de conflicto de pareja en procesos de separación o divorcio, o en causas de nulidad civil o eclesiástica; debe haber una ausencia de dependencia a cualquier tipo de droga, una ausencia, presente o pasada, de una experiencia continuada de maltrato o agresiones sexuales entre las partes implicadas, y también de psicopatologías que imposibiliten llegar a acuerdos.

Permite la mediación en algunos casos de maltrato

El juez Juan Carlos Torres, responsable del Juzgado de Violencia Doméstica, destacó que, aunque la ley prohibe la mediación en asuntos de la violencia de género, «cada vez se plantea más que un día se abra la puerta a determinados casos de violencia relacional». «No todos los casos porque el protocolo lo deja bien claro: donde haya malos tratos habituales, una tentativa de crimen, cuando el autor presente una particular peligrosidad, cuando no reconozca los hechos o cuando la víctima esté especialmente afectada, no podremos hablar de mediación». Sin embargo, destacó que hay otros en los que «si se puede superar el desequilibrio y si las partes se quieren someter, este protocolo puede ser pionero» ante la posibilidad de mediación».