Una imagen del juicio a los acusados de contaminar los pozos, celebrado el pasado verano. | ESTEVE FRANQUESA

La magistrada del juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, Martina Rodríguez, ha condenado al administrador único de la empresa Hidrotechnik España S.A., a un año de prisión por un delito contra el medio ambiente causado por imprudencia, por la fuga de combustible de los tanques de la gasolinera de Santa Gertrudis que en 2002 contaminó varios pozos de agua de terrenos colindantes.

La juez absuelve, sin embargo, a los otros tres acusados en el proceso, como son la apoderada en España de Hidrotechnik, la encargada de la gasolinera y el director de la obra de la instalación. La Fiscalía solicitaba para ellos una pena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier actividad empresarial durante dos años y el pago de una multa de 24.000 euros.

El único condenado, el administrador, deberá indemnizar a los once afectados con cantidades que, en suma, rondan los 270.000 euros. También deberá pagar una multa de 9.000 euros (a razón de 20 euros por día durante 15 meses) y hacerse cargo de las costas del juicio. Además, queda inhabilitado para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena y para el ejercicio de la actividad empresarial relacionada con aquella por la que se le condena.

El administrador deberá indemnizar además a otros cinco propietarios de pozos una cantidad fija (entre 170 y 190 euros) estipulada por el fiscal, y que viene determinada por la cantidad de personas que vivían en esas fincas entre los años 2002 y 2006.

No obstante, la aseguradora Mapfre y Hidrotechnik España S.A. deberán contribuir en el pago de la indemnización.

Por otra parte, la gasolinera, cerrada desde 2002, cuando se rompieron los tanques que contaminaron los pozos (entre 2001 y 2002) con entre 20.000 y 30.000 litros de combustible, deberá permanecer cerrada de manera definitiva.

En la sentencia, la magistrada hace constar que las causas de la rotura de los depósitos, que deberían haber sido metálicos pero que por orden del administrador se instalaron de fibra de vidrio, no tuvo que ver con el material en el que estaban fabricados, sino «con la instalación», que fue defectuosa.

Además, la juez señala que, en lo que respecta al comportamiento del condenado en este sentido, no se aprecia dolo, pero si «imprudencia».

En el juicio, que se celebró el pasado mes de julio en Eivissa, prestaron declaración alrededor de 50 testigos.

Quedan pendientes los dos millones que reclama el Govern por la descontaminación

La magistrada ha dejado pendiente la reclamación efectuada por la Comunitat Autónoma que asciende a 2,07 millones de euros, correspondientes a la descontaminación del acuífero. Según la jueza, la factura por la limpieza efectuada por la empresa a la que se encargaron los trabajos debe ser ratificada mediante su representante legal para «poder someterse a las preguntas de quienes resulten obligados al pago». Por ello, indica que «el importe de la indemnización deberá diferirse al trámite de ejecución de sentencia».

Cabe recordar que la Fiscalía también pedía una indemnización para el Govern balear por los gastos de elaboración de los estudios y análisis, así como por los gastos derivados del Plan de Choque para la descontaminación del acuífero. Además, indicaba que, de forma solidaria, deberían proceder al relleno del foso de excavación de los tanques de la tierras tratadas, previa comunicación a la Dirección General de Recursos Hídricos del Govern balear. La sentencia también refleja las conclusiones del Govern, que calificíó los hechos como legalmente constitutivos de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente.