Hoy entra en vigor la primera Ley de Transporte Marítimo de Balears, un hecho calificado de «histórico» por el conseller de Mobilitat de Formentera, Josep Mayans, ya que por primera vez quedará regulado por ley el transporte naval entre islas dado que, aunque las competencias eran del Govern desde hace años, aún no se había redactado una ley. «Era algo que se perseguía desde hacía años y que no se ha hecho realidad hasta ahora, momento en el que la Administración ya tiene capacidad para regular las líneas interislas, de las que tenía las competencias pero que nunca había elaborado una ley para regularlas», señaló.
Tras señalar que esta ley afecta básicamente a dos líneas, la que va de Alcúdia a Ciutadella y la que une las Pitiüses, Mayans destacó que la línea Formentera-Eivissa-Formentera pasa a ser una línea de interés estratégico: «Y eso equivale a una declaración de interés público porque, a partir de ese momento, la Administración puede comenzar a regular la línea».
Al mismo tiempo, señaló que desde el momento en que la línea sea de interés estratégico el Consell de Formentera dará los pasos necesarios para su regulación mediante un decreto que deberá estar en marcha antes de seis meses y que, básicamente, se centrará en «continuidad, frecuencias y capacidad de las embarcaciones que desde el Consell se consideren los adecuados y obligados para la prestación de un servicio público».
Así, la institución cree que una o el conjunto de las navieras que operan no tendrán problemas en asumir los mínimos ya que unas frecuencias las marca la ley y el propio Consell aumentará el número de las mismas en función de lo que considere imprescindible.
Otro asunto, mucho más espinoso, será el de las tarifas, ya que «los problemas surgirán cuando se aborde la regulación de los precios, pero se intentará». La reunión mantenida ayer con los representantes de las navieras era, destacó, «para ver hasta dónde están dispuestas a llegar las navieras».
El conseller de Mobilitat avanzó que se está haciendo un estudio para elaborar un mínimo de frecuencias de pasajeros y de mercancías o mixtos y se evaluará la necesidad de reducir los costes, tanto del precio del pasaje como el de las mercancías y el de los vehículos privados.
Sobre los precios, Mayans insistió en que deben rebajarse, dejando un margen de beneficio a la naviera, porque ahora son casi prohibitivos, como se ha denunciado en repetidas ocasiones por el sector turístico.
Posteriormente al encuentro con los medios, el conseller de Mobilitat se reunió con los representantes de las navieras que operan entre Formentera y Eivissa para abordar el proyecto de decreto regulador, del que el Consell ya tiene un primer borrador que es preciso poner en marcha en el plazo máximo de seis meses, una vez la ley entre en vigor.
¿Una o varias?
Las navieras que quieran operar, aparte de comprometerse a hacerlo durante todo el año y no de manera estacional, deberán presentar un aval previo a la autorización para prestar el servicio.
En el supuesto de que entre todas las navieras no se cumplan los mínimos fijados por el Consell, la Administración sacará a licitación un contrato de servicio público de la línea con las condiciones que se considere indispensables -dijo el conseller de Mobilitat-, «y entonces la naviera que se adjudique el contrato quedará como única prestataria del servicio en la línea entre Formentera y Eivissa».
«Entiendo que la compañías que operan en la línea están interesadas en seguir haciéndolo y por tanto tengo la esperanza de que Administración y empresa privada lleguen a un acuerdo», concluyó.

Las infracciones oscilan entre los 5.000 y los 200.000 euros
En el capítulo de infracciones previstas por la ley se señala que una falta leve vulnerando los derechos a los pasajeros será de hasta 5.000 euros. Una infracción grave, que puede ser una infracción leve a la que se suman dos leves del año anterior, será sancionada con una cantidad de hasta 100.00 euros, mientras que una infracción muy grave, que se produzca cuando durante el año anterior ya se sumaron dos infracciones graves, será penalizada con 200.000 euros. En el caso de que se produzca una infracción grave o muy grave con circunstancias agravantes se podría suspender a la naviera de la licencia para operar en la línea, según establece el texto normativa de la nueva ley.

Los pasajeros, con derechos similares a los del transporte aéreo
De entre los distintos aspectos que contempla la nueva ley, Mayans quiso resaltar los derechos de los pasajeros, especialmente aquellos que hacen referencia a que las embarcaciones deben ser accesibles y estar adaptadas a las personas con movilidad reducida.
También remarcó que, en caso de que los retrasos sean superiores a 60 minutos, la naviera deberá ofrecer comida y refrigerio a los usuarios, bien en el propio barco, o dentro de las instalaciones portuarias y si el retraso requiere una pernoctación, la naviera ofrecerá gratuitamente a los usuarios cena, alojamiento y traslados hasta el hotel y posteriormente desde el hotel al puerto. Asimismo existen las indemnizaciones que, en ningún caso serán exigibles cuando el barco no zarpe por causas justificadas.