El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma de Mallorca ha confirmado la decisión del Ayuntamiento de Eivissa de obligar a la demolición de unas obras ilegales ejecutadas por la empresa Yesos y Escayolas Ibiza.

Desde esta entidad habían recurrido la decisión argumentando que la infracción urbanística había prescrito y que las instalaciones tenían carácter desmontable.

Según la normativa vigente, las infracciones prescriben a los ocho años de su finalización total. Pero desde el Juzgado indican que no se practicó ninguna prueba pericial que así lo acreditara. «En el expediente administrativo se constata que las obras consistían en instalaciones fijas de chapa ondulada cubiertas y cerradas», indica la sentencia, que asegura que los planos que constan en el Ayuntamiento realizados a partir de vuelos de noviembre de 2003 y la ocupación de la parcela de las edificaciones no se corresponden con las que aparecen en la fotografía aérea de 2000, ya que estas últimas son mucho más extensas. Es por ello que se considera que las instalaciones no estaban terminadas en esas fechas y, por lo tanto, la infracción no había prescrito.