El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de junio de 2010 y ha absuelto al ex alcalde de Santa Eulària, Vicente Guasch, a los hernamos Parrot y al Ayuntamiento de Santa Eulària de los delitos de los que fueron acusados por el Fiscal y por la entidad Habitat y Basuras. Entre las faltas, destaca la de prevaricación, por el caso de la cantera de ses Planes.
Para el abogado de la defensa, Rafael Perera, la reciente sentencia es muy interesante para el Ayuntamiento por cuanto, aparte de la absolución de las personas, rechaza la petición del Fiscal de que se proceda a la «restauración de la zona de la cantera, reintegrándola a su estado anterior, con la consideración de suelo rústico forestal protegido».
En la sentencia de la Audiencia de Palma se apuntaba que, «partiendo de la certeza de que no cabía entender que la licencia estuviera concedida por silencio administrativo», no se practicó ninguna prueba de que Guasch, «hubiese sido advertido por los técnicos al servicio de la corporación municipal de que una de las canteras ubicadas en el térmnio municipal continuaba con los trabajos de extracción de áridos pese a estar en irregular situación admnistrativa, o que el alcalde hubiera llegado a tener tal conocimiento, pese a que conocía que en ses Planes se extraía mineral».
En esta línea, el dictamen señalaba que no podía considerarse que existiera delito de prevaricación por parte de Guasch ya que en un informe municipal realizado en 1997, se determinaba no suspender la actividad minera «a la espera de que por la administración competente se instruyera y decididera el expediente por el que la pedrera de ses Planes se adaptaba a lo previsto en el Plan Sectorial de Canteras», es decir, de la Conselleria de Medi Ambient.