Vista general de ses Feixes des Prat de Vila, protegidas por el Ayuntamiento | ultimahora.es

Otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) avala la protección de ses Feixes des Prat de Vila como suelo rústico protegido por parte del Ayuntamiento de Eivissa. El fallo, fechado el 12 de noviembre, es la contestación a un recurso interpuesto por los propietarios de una parcela en la Unidad de Actuación 12 que estaba siendo utilizada como aparcamiento.

Los dueños de este terreno, la entidad Promociones Es Mirador de Sant Jordi, presentaron un recurso contra la aprobación definitiva del Plan de Ordenación Urbana (PGOU) de Vila por el Consell y contra el acuerdo de la Comisión Balear de Medi Ambiente que eximía a la revisión del planeamiento a Evaluación Ambiental Estratégica.

Sin valores

Los recurrentes sostenían que su parcela carece de valores para ser declarada como suelo rústico protegido, ya que siempre había sido suelo urbano y está destinada a aparcamiento desde hace más de 30 años. También sostienen que se trata de una zona adherida al casco urbano, rodeada de viales y con «clara vocación urbana».

En ambos casos, el tribunal considera que se ha cumplido la legalidad, ya que no se aprecia «vicio o defecto» en el acuerdo del pleno de la Comisión Balear de Medio Ambiente y también se considera adecuada la clasificación del terreno como suelo rústico protegido.

La sentencia reconoce que la parcela del recurrente no puede considerarse entre las más valiosas ambientalmente de ses Fexies, pero asegura que el deterioro que presenta es recuperable y, además, la Administración ha dado un tratamiento unitario a ese ámbito. «Igualmente entra en escena el principio de no regresión en materia de protección medioambiental frente a intereses particulares», añade el fallo judicial.

Sin los servicios básicos necesarios
Para demostrar que la parcela se puede construir los propietarios argumentan que tiene los servicios e infraestructuras básicos propios del suelo urbano. La sentencia, sin embargo, lo niega, y considera que no hay ni red de saneamiento, ni de evacuación de aguas pluviales, ni suministro eléctrico y de agua potable.
El tribunal también considera que en el ámbito de ses Feixes del Prat de Vila hay algunos terrenos ya edificados junto a otros altamente degradados. De hecho, la parcela de la que se habla fue transformada de antiguo terreno de cultivo de regadío a «simple explanada destinada a aparcamiento con absoluta degradación de sus valores naturales de origen». Sin embargo, se recuerda que si no se protegiera todo se procedería a una «desconexa e intercalada clasificación de terrenos».