Los centros educativos públicos y privados presentarán sus proyectos lingüísticos de acuerdo con el artículo 20 del decreto para el tratamiento integral de lenguas (TIL), haciendo caso omiso de las últimas instrucciones dictadas por la Conselleria d’Educació que restringen al máximo la libertad que daba este artículo.

Este artículo contempla la posibilidad de que «los centros que requieran una distribución horaria de lenguas diferente de la que establece el decreto, pueden aprobar otro proyecto de tratamiento de lenguas».

Lo cierto es que la Conselleria ha creado un problema mayúsculo al remitir a los inspectores una circular que los centros consideran que no les incumbe e, incluso, que son contrarias a derecho, que es la forma suave de catalogarlas de ilegales.