Pasajeros de Ryanair en las mesas de facturación de la compañía, en el aeropuerto de Eivissa.

La compañía Ryanair ha sido condenada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca a pagar 1.089 euros a una pareja ibicenca que no pudo volar a la Isla porque no poseía el DNI de su hijo de tres años en el momento del embarque.

Según figura en la denuncia, la pareja debía coger un avión en el aeropuerto de Barcelona con destino a Eivissa en enero de 2011. Al proceder al embarque, el personal de tierra de la compañía de bajo coste les denegó su acceso al avión porque no tenían el documento oficial de identidad de su hijo. Aún así, los padres, que sí llevaban sus documentos, mostraron el libro de familia. «El personal de Ryanair nos informó que es política interna de la empresa exigir en cualquier vuelo, no considerando como válido a los efectos de identificación, ni el libro de familia ni el certificado de residente del menor de edad», explica la denunciante en el relato de los hechos.

Al impedir el acceso del menor, la pareja tuvo que comprar otros tres billetes de avión para el día siguiente. En la denuncia se resalta que tras una consulta de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, este organismo corroboró que la compañía de bajo coste llevó a cabo «una denegación de embarque indebida».