La iglesia de Sant Vicent de sa Cala, en el municipio de Sant Joan de Labritja, rodeada de viviendas, bosque y ‘feixes’ de cultivo. | Ultima Hora

Los ciudadanos de los municipios de Sant Joan y Santa Eulària se han movilizado de manera masiva en contra de la norma territorial cautelar que limita la edificación en suelo rústico y que fue aprobada a finales del año pasado por el Consell d’Eivissa. De hecho, según informaron ayer desde sendos consistorios, en sus oficinas municipales recibieron han recibido casi 800 alegaciones en el caso de Sant Joan y 500 en Santa Eulària.

El alcalde de Sant Joan, Antoni Marí Carraca, que en las alegaciones que ha presentado el ayuntamiento del norte de la isla destacan la «grave discriminación» que sufre Sant Joan, que cuenta con un 62% de suelo rústico protegido y, por lo tanto, inedificable con la nueva normativa territorial, en relación con otros municipios de la isla. «Más de la mitad de nuestro municipio queda invalidado totalmente y no se ha tenido en cuenta ninguna medida conservatoria sino que simplemente se ha dicho que allí no se puede hacer nada urbanísticamente. Es una discriminación total. ¿Qué pasa, que en los ANEI o ARIP no vive ni hereda nadie?», se preguntó Carraca.

Con esta norma territorial cautelar queda prohibido construir viviendas en suelos rústicos protegidos y las casas existentes en estas zona sólo se podrán reformar pero no ampliar o cambiar su uso. «Nuestras ARIP (Área Rural de Interés Paisajístico) equivalen prácticamente al suelo rústico común y allí tenemos las mejores explotaciones agrarias de nuestro municipio. Es una norma territorial cautelar hecha desde un piso de Vila sin conocer la realidad del territorio y sin buscar ninguna alternativa para la gente de estas zonas», insistió el alcalde de Sant Joan, quien añadió que en la nueva normativa «no se ha tenido en cuenta que en estas zonas hay explotaciones agrarias, mucha gente que vive que mantiene sus fincas y el paisaje y que les restringimos la actividad agraria».

En este sentido Carraca se mostró optimista al asegurar que espera que tal cantidad de alegaciones tengan su efecto: «Si tienen un mínimo de sensibilidad hacia la gente del campo no tienen más remedio que corregirlo, porque hay cosas de suficiente peso como para hacerlo».

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Por su parte, el concejal de Urbanisme de Santa Eulària, Mariano Juan, se mostró sorprendido por la gran cantidad de alegaciones entregadas en el Ayuntamiento de Santa Eulària. Juan también explicó que en sus alegaciones han hecho constar la «ilegalidad» que para ellos supone que «las segregaciones no escrituradas antes del pasado 1 de noviembre no se pueden hacer aunque tengan la licencia de construcción concedida. Nosotros consideramos que esto es ilegal porque la escrituración de una segregación es un acto potestativo, tú puedes hacerla o no, pero la ley no te obliga, por lo que podría darse el caso de que alguien tenga la licencia en la mano y no haya ido al notario a escriturarla, por la razón que sea, y ahora el Consell te diga que no tienes derecho a la edificación».

LA NOTA

La Red Natura 2000 no impide las construcciones en su territorio

A pesar de que uno de los objetivos de la norma territorial cautelar aprobada por el Consell d’Eivissa es evitar la construcción de nuevas viviendas en los terrenos incluidos en la Red Natura 2000, es decir, en los Lugares de Interés Comunitario (LIC) y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), no existe ninguna normativa que prohíba la existencia de construcciones o la edificación de viviendas en suelos Red Natura 2000. De hecho, un informe de la Comisión Europea fechado en 2011 así lo especifica: «El hecho de que un espacio forme parte de la Red Natura 2000 no excluye sistemáticamente toda actividad humana o desarrollo económico dentro de sus límites y, por ende, no excluye la edificación».

Eso sí, este mismo informe señala que se requiere tener en cuenta los hábitats y especies presentes «para garantizar que se mantengan en un estado favorable». Por esta razón, cualquier proyecto que pudiera afectar a las zonas LIC o ZEPA deberá ser analizado por las autoridades competentes, que en el caso de Balears es la Comisión Balear de Medio Ambiente.