La entrada a las dependencias del Ayuntamiento de Sant Josep en una imagen de archivo.

Sant Josep sigue sin tener una prohibición expresa del alquiler vacacional en plurifamiliares que le permita sancionar esta actividad. Así seguirá siendo mientras se aprueba la evaluación ambiental estratégica ordinaria de la modificación puntual número 5 de las Normas Subsidiarias (NNSS) del municipio.

Mediante esta modificación el Ayuntamiento, busca abrir una vía para poder sancionar los alquileres turísticos ilegales por incumplir su normativa urbanística. De momento tiene que esperar a que la Comisión de Medi Ambient de las Illes Balears (CMAIB) estudie el texto por segunda vez.

Sant Josep consideró como una «modificación menor» el documento y lo presentó con evaluación ambiental estratégica simplificada. La CMAIB valoró que el alcance de las modificaciones obliga a la elaboración de una evaluación ambiental estratégica ordinaria.
Es por ello que el Ayuntamiento tuvo que encargar una nueva evaluación ambiental. La CMAIB calificó el primer documento presentado de «confuso», «sin criterio claros de ordenación» e «incompleto».

Desde Sant Josep informan de que la nueva evaluación ya está elaborada y pendiente de estudio y aprobación por parte de la CMAIB.

Mientras tanto, avanza el plazo de suspensión para la concesión de licencias de actividad prohibidas por la nueva normativa, que concluye el próximo mes de mayo. El Consistorio recuerda que, si fuera necesario, la suspensión todavía se puede prorrogar un año.

Primera resolución
La CMAIB indicaba, tras su primera evaluación de la modificación puntual, que la documentación urbanística aportada por el Ayuntamiento era «confusa y sin criterios de ordenación claros». Además apuntaba que no aparecían «estudios que avalen la propuesta».

Señalaba que el documento ambiental estratégico presentado resultaba «incompleto» y que de él se podían «extraer pocas conclusiones», dado que los factores ambientales analizados tenían «poco que ver con las modificaciones propuestas».

Por otra parte, consideraba que los órganos consultados eran insuficientes. Sant Josep consultó únicamente al Consell d’Eivissa, pero al tratarse de un documento que afecta a todo el municipio la CMAIB solicita que se consulte a otros organismos afectados por la modificación.

Por todo esto, argumentó que, al tratarse de un documento que modifica todas las calificaciones de suelo y que supone «unas implicaciones territoriales y ambientales» notables, requiere una evaluación ambiental estratégica ordinaria.

La propia CMAIB recuerda a Sant Josep que si el procedimiento solicitara solo la prohibición de alquiler vacacional en plurifamiliares, no necesitaría pasar este trámite.
Regulación necesaria

El Consistorio josepí redactó la modificación número 5 de las Normas Subsidiarias para regular las actividades complementarias al alojamiento turístico, musicales y de entretenimiento.

Prohibe, entre otros, los establecimientos con actividad musical al aire libre o el establecimiento de actividades turísticas en edificios de viviendas. Si se prolonga el trámite, el concejal de Urbanismo, Ángel Luis Guerrero, indica que podría decaer «la suspensión de la concesión de licencias que cambiaban los usos» y solicitaban licencia para las actividades que prohibe la nueva norma. Algo que el Ayuntamiento podría retrasar un año con una nueva prórroga.

También prohibía expresamente el alquiler turístico en plurifamiliares para que «resulte factible su control, además de por la vías propias de la normativa sectorial turística, por las vías que arbitra la normativa urbanística», dados los «limitados medios de los que dispone el servicio de inspección del Consell d’Eivissa».