La Conselleria Balear de Medio Ambiente informó favorablemente en abril de 2019 la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad de Ibiza, aprobado inicialmente el 14 de abril de 2016, siempre que se cumplieran una serie de condiciones.

En primer lugar, señala que «la conexión efectiva de los crecimientos y consolidación previstos en el sistema general de saneamiento y depuración asociados a la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Ibiza no se podrá realizar hasta que no entre en funcionamiento la nueva EDAR de Ibiza», prevista para 2023. Asimismo, indica que «el Ayuntamiento de Ibiza tendrá que elaborar un Plan Municipal de Mejora de Saneamiento y Drenaje».

Finalmente, condiciona la viabilidad del plan urbanístico a que se refleje en el planeamiento municipal «las infraestructuras de saneamiento y depuración en alta», es decir, desde la conexión con las redes municipales de alcantarillado hasta la restitución de los efluentes, ya sea devolviendo el agua depurada al medio o reutilizándola.

De acuerdo con lo establecido en la Ley básica estatal 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, y la Ley balear 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, hasta que el Ayuntamiento no lleve a cabo lo que se deriva de los preceptos citados, el expediente administrativo de revisión del PGOU no estará completo para que el órgano sustantivo, en este caso la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico Artístico (CIOTUPHA),    pueda llevar a cabo el trámite de aprobación definitiva.