Olivia del Cura y Lucía Ribas Marí.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma ha dado la razón al Ayuntamiento de Sant Antoni en lo referente a la designación de Lucía Ribas Marí y Olivia del Cura como cargos de confianza en calidad de asesoras de grupo político.

El secretario general de la Agrupación Socialista de la Villa de Portmany y concejal en la oposición, Antonio Lorenzo Bustamante, presentó en enero de 2020 una demanda contra estas resoluciones del Consistorio al entender los decretos de nombramiento de personal eventual eran «ilegales» dado que dicho personal no figura en la relación de puestos de trabajo de la administración local, tal u como se fundamenta en el artículo 29 de la Ley 3/2007 de Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Sin embargo, la magistrada del caso coincidió con el Ayuntamiento de Sant Antoni en que, tratándose de personal eventual, resulta de aplicación la normativa específica prevista en la legislación estatal de función pública, por lo que existiendo una norma estatal que lo regula «la legislación autonómica no puede contradecir o infringir la legislación básica del Estado», señala la sentencia.

La magistrada condena a su vez a Antonio Lorenzo a abonar las costas procesales «con el límite, por todos los conceptos, de 500 euros».

Dicha sentencia no es firme y contra ella cabe la presentación de recurso de apelación en un plazo de 15 días desde su notificación a las partes.