Imagen de archivo de viviendas en el municipio de Ibiza.

El Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Ibiza, conocido como PGOU, ha entrado en vigor este martes tras su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB). La nueva regulación urbanística, sin embargo, no podrá aplicarse en su totalidad hasta que no entre en funcionamiento la depuradora de sa Coma, algo que está previsto para mediados de 2024. El nuevo PGOU prevé un techo de población de 77.000 personas pero el crecimiento urbanístico tendrá que llevarse a cabo en dos fases. La primera de ellas, permitirá la construcción de 1.412 nuevas viviendas una vez que esta infraestructura esté en funcionamiento. La segunda fase contempla la construcción de 1.820 viviendas más, pero estará condicionada a la demostración de que los residentes en la ciudad han rebajado un 15% su consumo de agua. Ambas condiciones fueron fijadas por la Comisión Balear de Medio Ambiente para dar luz verde al nuevo planeamiento urbanístico.

«Día importante»

El alcalde de Vila, Rafa Triguero, ha asegurado que la publicación en el BOIB del nuevo PGOU es «un día importante» para la ciudad, que por tendrá «un marco jurídico y urbanístico legal que dote de seguridad jurídica en materia de planeamiento urbanístico». Triguero ha recordado que en su toma de posesión como alcalde se marcó como objetivo lograr la aprobación definitiva de este documento y que, con este fin, instó a todas las administraciones implicadas a emitir a la mayor brevedad posible las certificaciones necesarias para ello.

El Consell d’Eivissa, por su parte, tuvo que adelantar la toma de posesión del gobierno liderado por Vicent Marí para poder conformar la nueva CIOTUPHA, que dio luz verde al PGOU poco antes de que caducara la evaluación medioambiental del mismo.

Triguero ha recordado que el urbanismo de Vila se regía hasta ahora por un planeamiento de 1987, por lo que «hacía falta esta actualización y, sobre todo, dotar de seguridad jurídica». «Es un día importante para la ciudad», ha añadido, «y para el futuro del desarrollo en materia urbanística de nuestro municipio».

Suelo rústico y urbano

El plan, por otro lado, cataloga casi la mitad del municipio de Vila como suelo rústico (49,2%, 523 hectáreas), mientras deja como urbano el 47,2% (502 hectáreas). Además, mantiene la condición de que las nuevas promociones de vivienda deberán destinar un mínimo de un 30% de la superficie construida a vivienda de protección oficial, tanto de compra como de alquiler. De este 30%, más de un 50% deberá destinarse a alquiler protegido. El alcalde de Ibiza, Rafa Triguero, explicó el pasado mes de julio que el Consistorio intentará modificar esta cesión. Triguero aseguró que su intención es «desarrollar el debate» en torno a este porcentaje, que el PP considera que no puede superar el 20%. En opinión del alcalde, destinar un 30% de las nuevas promociones a VPO solo servirá para incrementar aún más el precio de la vivienda en la ciudad, por lo que se comprometió a estudiar «en los próximos meses» su rebaja «porque es una medida que se planteó para facilitar las cosas y que puede afectar al precio».

Vivienda protegida

En lo que a vivienda de protección oficial se refiere, el nuevo PGOU establece también que las nuevas promociones de esta tipología deberán destinar «un mínimo del 50% de esta edificabilidad residencial a ser explotada en régimen exclusivo de alquiler y de carácter rotatorio». Además, «se ha de procurar que la mezcla de la vivienda de protección pública y la libre, y si es posible, hacer coexistir los tipos de vivienda en el territorio». El plan indica en este sentido que «se ha de evitar que la concentración excesiva de este tipo de viviendas pueda generar segregación espacial o social» y que las nuevas VPO «se ubicarán, cuando sea posible, en las mismas condiciones de centralidad urbana que el resto y en la proximidad de los equipamientos, espacios libres públicos y acceso al transporte público, no pudiendo ser discriminadas en relación a estos parámetros respecto a otros tipos de usos o viviendas».
El nuevo PGOU, por otro lado, establece la creación de la Comisión Municipal del Patrimonio, que sustituirá a la actual Comisión de Control de los Planes Especiales vigentes en las zonas del conjunto histórico de la ciudad y a la ponencia técnica que le sirve de apoyo. Esta nueva comisión tendrá entre sus funciones la de informar sobre las peticiones de licencias de obras para la zona histórica de la ciudad, entre otras.

Vigencia indefinida

La vigencia del nuevo PGOU será indefinida aunque podrá modificarse dentro de 15 años o cuando se superen los 62.000 habitantes. También será posible su modificación en el caso de que el Ayuntamiento precise de nuevos equipamientos o si se dan «circunstancias que exijan la alteración sustancial de la estructura general orgánica del territorio». El plan contempla, además, directrices que marcarán el devenir económico y social de la ciudad. De esta manera, prohíbe, por ejemplo, la apertura de nuevos hoteles si no son de más de tres o cuatro estrellas. Los apartamentos turísticos deberán tener más de tres llaves. El PGOU, además, deja claro que en zona urbana no se permitirá «la coexistencia de uso residencial y turístico en los edificios».

A las medidas ya conocidas como la protección de ses Feixes se unen otras más llamativas como la obligación de que los nuevos edificios de viviendas en zona urbana cuenten con tendederos protegidos para cada piso o la de que las compañías suministradoras tengan que retirar los visibles en el casco histórico. Prohíbe expresamente la «comercialización de nuevas estancias turísticas en viviendas en bloques residenciales plurifamiliares y en viviendas adosadas o aisladas». Y, si un establecimiento de alojamiento turístico quiere reconvertirse en residencial, deberá hacerlo para viviendas que no podrán una superficie inferior a los 90 metros cuadrados, aunque «un 10% de las viviendas resultantes podrá tener una superficie inferior pero nunca por debajo de los 50 metros cuadrados». Además, un 10% del inmueble deberá destinarse a «otros usos» como «establecimiento público, administrativo, comercial, deportivo, docente o cultural».