Rueda prensa celebrada este jueves en el Consell de Ibiza.

El Consell d’Eivissa ha presentado este jueves el nuevo reglamento de protección del Medio Nocturno, en cumplimiento de la Ley balear 3/2005, con el objetivo de preservar las condiciones naturales de las horas nocturnas en beneficio del ecosistema de la isla, así como evitar la intrusión lumínica en el entorno doméstico y corregir la visión del cielo.

Un proceso que, tal y como ha explicado el conseller del departamento de Gestión Ambiental, Ignacio José Andrés, se ha llevado en varios pasos. Primero se contrató a una empresa lumínica que fue la encargada de la redacción del reglamento basándose en un reglamento previo establecido por la Agrupación Astronómica de Ibiza. Tras ello, se realizó un consenso junto a los cinco ayuntamientos de la isla y el equipo de medio ambiente del Consell d’Eivissa.

El reglamento dividirá el territorio de Ibiza en varias zonas (E0, E1, E2 y E2) en función de la máxima protección lumínica que requieran. Asimismo, estarán diferenciadas respecto si es horario de invierno (donde la protección lumínica será desde las 10pm hasta la salida del sol) o horario de verano, de 12am hasta la salida del sol). «Con este nuevo reglamento se pretende reducir la contaminación lumínica de la isla pero también favorecer la sostenibilidad. Nuestro cielo nocturno debe ser protegido», señaló Andrés.

Por ello, Ibiza contará con cuatro zonas distinguidas. Por un lado, las zonas E0 serán «áreas de valor astronómico o natural especial» y serán las más protegidas, como podría ser el Parque Natural de las Salinas. Por otro lado, aquellas áreas con una luminosidad mínima serían parte de las zonas E1, mientras que las áreas con una luminosidad reducida pertenecerían a las zonas E2. Finalmente, las zonas E3 serían las menos protegidas al ser áreas con luminosidad media, como el suelo urbano.

En este sentido, Andrés ha asegurado que todas aquellas nuevas instalaciones tendrán que cumplir con el nuevo reglamento de contaminación lumínica, mientras que las que ya estén instaladas tendrán un plazo de cuatro años para adecuarse a la nueva normativa. De lo contrario, serán los mismos ayuntamientos los que tendrán el poder sancionador, en el caso de instalaciones que se encuentren en su municipio, o el Consell, en el caso de que las instalaciones afecten a más de un municipio. Las multas más graves pueden llegar hasta los 86.000 euros, las graves a 4.300 euros y las leves pueden llegar a los 860 euros.