Sede del TSJIB y de la Audiencia Provincial de Baleares. | Europa Press

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a seis años de prisión a un hombre por abusos sexuales con penetración a una mujer inconsciente en Ibiza, hechos ocurridos en agosto de 2017 en un hotel de Sant Antoni de Portmany.

La sentencia declara probado que el acusado se encontraba en una fiesta en la piscina del hotel cuando conoció a la víctima y a su esposa, con la que había contraído matrimonio recientemente y se encontraba de luna de miel.

Estuvieron bebiendo juntos y el acusado y sus amigos invitaron a las mujeres a continuar la fiesta en la habitación-apartamento del hotel. Una vez allí, la víctima se sintió mareada y su mujer la acostó en una cama, donde se quedó dormida. Después su pareja y un amigo del acusado se fueron a comprar más bebidas, de manera que la víctima se quedó sola con el acusado.

La resolución declara probado que el acusado aprovechó que la mujer estaba inconsciente para penetrarla vaginalmente. La mujer despertó, le exigió que parara y le empujó gritando, pero él continuó. Una vez que terminó, la víctima pudo salir corriendo de la habitación.

Según ha informado este jueves el Poder Judicial, además de la pena de cárcel el juez impone una medida de libertad vigilada por un período de seis años una vez salga de prisión, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros para la víctima por los perjuicios causados y por los daños morales.

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La Sala «no alberga duda alguna que la relación no fue consentida y que el acusado llevó a cabo su acción aprovechando la situación de inconsciencia en que se encontraba la mujer».

Los magistrados han señalado además que se insinuó en el juicio que la privación de sentido pudo deberse al suministro de alguna sustancia en la bebida que fue servida a la víctima, aunque no quedó acreditado. El Tribunal destaca que sí se demostró mediante un análisis de orina que la víctima había consumido alcohol, MDMA y cocaína.

De acuerdo con la sentencia, desde el principio la víctima mantuvo que los hechos se realizaron contra su voluntad y que al recobrar la conciencia y comprobar que estaba siendo penetrada, rechazó el acto con vehemencia y empujó al hombre para huir. Los magistrados señalan que la misma versión de los hechos dio la víctima a su esposa, a la médico forense y a la Policía.

Además, la sentencia tiene en consideración que la víctima mantenía una relación de pareja desde hacía unos diez años con otra mujer y «no tenían interés por los hombres, acababan de contraer matrimonio y se encontraban en Ibiza en su luna de miel».

Por ello, los magistrados descartan que la víctima mantuviese «relaciones sexuales completas con un hombre al que acababa de conocer, estando en mal estado y en un momento en que su esposa se había ausentado momentáneamente para realizar unas compras».

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.