El Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer de un delito contra la salud pública por considerar que la condena se basó sólo en el testimonio de un testigo protegido que estaba detenido y que recibió metadona a cambio de su declaración inculpatoria, que no pudo ser corroborada. La mujer fue condenada a ocho años de prisión por vender cocaína y heroína por valor de 3.850 pesetas a la persona que declaró en el juicio. Según el Supremo, se vulneró la presunción de inocencia, pues la única prueba en la que se apoyó la condena fue la declaración de un testigo protegido, ya que la sustancia que se dice le vendió nunca fue hallada. El testigo declaró en el juicio que no creía que hubiera declarado «si no necesitara la metadona».