La mayor parte de los heridos, vecinos de Sineu, se trasladaron a Eivissa para el juicio que se celebró en abril.

La decisión judicial que resuelve las actuaciones abiertas por el choque de dos rápidos frente a Platja d'en Bossa, un accidente ocurrido el 28 de julio de 1991 y que se saldó con cerca de 40 heridos, establece que el único capitán que pudo ser juzgado por estos hechos es autor de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones.

La juez, por ello, le condena a 15.000 pesetas de multa, a las costas y a indemnizar conjunta y solidariamente con las aseguradoras imputadas las indemnizaciones fijadas a las víctimas, una cantidad que en su conjunto es cercana a los 20 millones de pesetas. La mayor parte de los afectados eran de la localidad mallorquina de Sineu e iban a bordo del «Rápido de Formentera».

La sentencia, de un juicio que se celebró el pasado mes de abril, no define ni mucho menos las responsabilidades exactas de los dos capitanes al mando de las embarcaciones siniestradas, aunque del texto se desprende que al menos uno de los marinos sí buscaba la proa del otro barco. Este hecho fue denunciado por los pasajeros, que en la causa aseguraron que «debía haber un pique».

La juez de lo Penal explica que no se puede acreditar cuál de los rápidos realizó la primera maniobra para desviar su proa con respecto a la del otro barco. En ese momento, el «Rápido de Algeciras», al mando del capitán Antonio Asensio, navegaba con rumbo a Formentera, mientras que el otro catamarán, cuyo capitán no pudo sentarse en el banquillo al fallecer en un accidente de tráfico, se dirigía al puerto de Eivissa. Los dos llevaban sus proas encontradas cuando tuvieron que divisarse a una distancia de tres millas, poco antes de colisionar a última hora de la tarde junto al islote de la Esponja. De igual manera, tampoco ha sido posible discernir que capitán ordenaba maniobras para coincidir de nuevo las derrotas.