La decisión de la juez del Juzgado de Instrucción número 5 de
Palma, Ana San José, coincide con la petición que formuló la
Fiscalía. En ella se pedía que se archivaran las diligencias
penales que se iniciaron tras la colisión entre las dos
embarcaciones, que tuvo lugar en la noche del día 7 de septiembre
del pasado año a sólo 0.4 millas de la costa del Port d'Andratx. El
fiscal consideró que ninguno de los dos capitanes tuvo una
actuación delictiva, y solicitó el archivo de esta causa penal. Sin
embargo, la acusación extendió la responsabilidad del accidente,
para asumir los daños económicos, al capitán del yate de recreo, al
entender que el día que se produjo el accidente cometió una falta
al no estar lo suficientemente atento a la navegación.
Este auto de la juez todavía no es firme y con toda seguridad
tendrá que ser la Audiencia la que adopte la última decisión al
respecto. De hecho, el abogado Pedro Palmer, que ejerce la
representación legal del capitán del yate «Auriga», no está
conforme con la decisión que ha tomado la juez y ha recurrido este
auto de archivo. Sin embargo, para tomar esta decisión la juez San
José ha valorado una serie de informes técnicos redactados por
expertos en siniestros marítimos. Uno de estos técnicos llegó a la
conclusión de que en el momento previo a la colisión el capitán del
yate de lujo no realizaba la vigilancia suficiente que exige el
reglamento de navegación. Otro de los informes señalaba que el
capitán, cuando la embarcación se encontraba cerca de la punta de
sa Mola, en Andratx, realizó un cambio de rumbo hacia estribor.
Esta maniobra, a juicio del técnico, provocó la colisión con el
barco rápido de la Trasmediterránea.
La veracidad de estos informes fueron puestos en tela de juicio
por el abogado del capitán del «Auriga», que defenderá hasta el
final que no es cierto que su cliente realizara un cambio de rumbo,
y mucho menos que no estuviera atento a la navegación en los
momentos previos a la colisión. Tal como ya adelantó Ultima
Hora , el letrado sostiene que de los dos barcos el que
daba alcance al otro era el «Milenium», y por tanto entiende que
era el capitán de esta embarcación la que debía realizar la
maniobra adecuada para evitar la colisión. Esta afirmación de la
defensa no es gratuita, sino que se basa en la declaración de
varios de los ocupantes del barco de la Trasmediterránea que han
señalado que el «Milenium» iba por detrás del «Auriga».
Por ello, la defensa, basándose en el reglamento de navegación,
sostiene que debía ser el capitán de la Trasmediterránea el que
debió realizar la maniobra adecuada para no colisionar, y no al
revés. El letrado no sólo quiere que el caso se resuelva en un
simple juicio de faltas, sino que en su recurso ha planteado que el
capitán del rápido de la «Tras» sea juzgado y acusado de un delito
de imprudencia. Ello lo basa en que entiende que la velocidad que
navegaba el barco era excesiva teniendo en cuenta que se encontraba
a sólo 0.4 millas de la costa de Andratx. Los estudios técnicos han
indicado que la velocidad de navegación era de 39 millas. Esta
decisión de la juez también ha sido recurrida por las otras
partes.
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