El caso fue visto por el juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa.

«Lo único que puede ser objeto de discusión es si el acusado contaba o no con autorización (como él sostiene) para quedarse con el dinero, y todo lo actuado apunta precisamente a lo último», dice la sentencia del juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa por la que se condena a un vendedor de muebles que se apropió de 15.755 euros de su empresa (unos 2.600.000 pesetas). La pena que le impone la juez responsable de este juzgado es de dos años y tres meses de prisión.

José Antonio D.M., que en un principio se enfrentaba a tres años de cárcel, aseguró en su juicio que dicho dinero se lo quedó en concepto de comisiones por las ventas después de que hubiera llegado a un acuerdo con los responsables de la planta que una conocida cadena de muebles tiene en Eivissa. La jueza que debía decidir sobre este caso, sin embargo, considera como hecho probado que «el acusado, con el propósito de obtener beneficio económico y pese a haber cobrado diversos importes, sustrajo diversas cantidades de éstas, incorporándolas a su patrimonio con propósito defraudativo». La presunta estafa llegó a los juzgados en febrero del año pasado después de que quedaran al descubierto las maniobras del empleado, un trabajador que fue 'fichado' por la cadena de muebles en agosto de 2001. La relación laboral concluyó con el despido de José Antonio D.M. después de que se descubriera la falta de dinero y, tras preguntársele al propio sospechoso, éste no tuviera ningún reparo en explicar que se lo había quedado. El sospechoso afirmó el día del juicio, celebrado el pasado mes de abril, que dicho dinero le pertenecía en correspondencia por los beneficios obtenidos por la empresa después de que en los pocos meses que llevaba trabajando hubiera conseguido realizar un volumen de ventas por valor de 60 millones de pesetas. La empresa lo negó.