El acusado tuvo que comparecer días atrás en el juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa.

Una violenta y última discusión entre un ecuatoriano y su ex pareja iniciada presuntamente por el primero para que su ex mujer accediera a traer desde su país a Eivissa a los dos hijos del matrimonio, de dos y cuatro años, se ha saldado con una condena de seis meses después de que un juzgado de la isla haya considerado probado que en el transcurso de la pelea el hombre agredió a su mujer. En la misma sentencia se establece que el sospechoso no podrá acercarse a 150 metros ni comunicar con la mujer en el plazo de un año. Además, tendrá que pagar una multa de 60 euros e indemnizar a la perjudicada con 230 euros por las lesiones.

La discusión que motivó la actuación judicial tuvo lugar en un piso de Vila después de que la mujer, tras seis años de convivencia, hubiera iniciado tres semanas antes una nueva relación sentimental con otro hombre. Sin embargo, días después volvió a retomar su relación con el acusado.

«Debido a las discusiones que sostienen siempre debido a que el acusado quiere traer los niños a España, opinando la mujer que están mejor en Ecuador, se inició una pelea», recoge la sentencia dictada por la titular del juzgado de lo Penal número 2 de Eivissa, Martina Rodríguez. «En el transcurso de ella, que tuvo lugar en el domicilio del hermano del acusado, éste la agarró del pelo propinándole diversos puñetazos en la boca y en todo el cuerpo que le ocasionaron hematoma en la comisura labial y contusión en la región frontal izquierda», añade como probado el fallo. La víctima, a causa de estas lesiones, tuvo una convalecencia de una semana y necesitó tres días para sanar.

Durante el juicio, el sospechoso aseguró que lo único que hizo fue «defenderse de los arañazos» de la mujer. Pese a ello, el reconocimiento forense acreditó que las lesiones de la perjudicada no correspondían con una acción de defensa. «La simple maniobra relatada por el acusado de apartar sus manos no pueden provocar un hematoma en la lesión ni una contusión en la frente», resuelve la sentencia.