El Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa ha tramitado la expulsión de un residente argentino de 25 años de Vila después de que se le hayan sustituido los cinco años y tres meses de cárcel a los que ha sido condenado por diversos delitos de maltrato a cambio de esta medida, tal y como permite la Ley, que fija el destierro en diez años.

El acusado, Luis Alberto G.D., ha acabado de esta manera expulsado tras una decisión de la juez Clara Ramírez de Arellano al considerársele culpable de delitos de amenazas, maltrato habitual y quebrantamiento de condena. Según los hechos que han sido considerados como probados, Luis Alberto G.D. golpeó a su mujer, con la que compartía una hija de cinco años, cuando la mujer, el día 29 de julio del año pasado, salía de su domicilio en la calle Zornoza Bernabéu y éste la agredió.

El juzgado que entonces dirimía los asuntos de violencia doméstica, el número 4 de Eivissa, condenó un día después al sospechoso a 74 días de trabajo para la comunidad y le impuso órdenes de alejamiento de la víctima. El mismo día, y tras salir del juzgado, Luis Alberto G.D. volvió a incurrir en un delito cuando se presentó en casa de su madre y vio allí a la que era ya su expareja. Fue entonces cuando la amenazó diciéndole: «Te voy a rajar la cara con una cuchilla de afeitar. Si llamas a la policía, antes de que vengan te habré matado».

Los maltratos volvieron a producirse un día después. El 31 de julio se encontró en la calle con su ex compañera, momento en el que le espetó las siguientes palabras: «Puta, ya has estado con otro». Tras ello, se abalanzó sobre la afectada y volvió a agredirla. Todo ello ocurrió en presencia de la hija de 5 años del matrimonio.

El último capítulo de violencia sufrido por esta mujer tuvo lugar el pasado 10 de agosto en la calle Madrid. La afectada tuvo que ser asistida de distintas contusiones tras ser de nuevo golpeada e increpada.

El caso acabó en el Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa donde se tuvo en cuenta los agravantes de reincidencia en las amenazas y maltrato. La juez impuso un año de cárcel al acusado por las amenazas, otros dos por un maltrato habitual, nueve meses por un delito de quebrantamiento de condena y finalmente a otros dieciocho meses más por dos delitos de maltrato que también se le imputaron.