«No puede hablarse de broma pesada como dice algunos, sino que lo 'pesado' fue el resultado». Éste es uno de los argumentos en los que la magistrada Martina Rodríguez, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Evissa, se apoya a la hora de explicar su decisión de absolver a un vecino de Sant Josep que se jugaba dos años de cárcel. Éste tuvo que sentarse en el banquillo acusado de una imprudencia después de que un amigo suyo de 62 años quedara paralítico por su 'efusivo saludo' al golpearse fatalmente en la espalda contra el mando de una tragaperras. Para la juzgadora, no hubo, pese a todo, conducta imprudente del acusado.

El suceso tuvo lugar sobre las nueve de la noche del 22 de julio de 2008 en un bar de Sant Agustí donde ambas personas solían coincidir. Según declara como probado la juez, el percance ocurrió de la siguiente manera: «Muy alegres por verse, y en actitud jocosa, como para ver quien tenía más fuerza, se abrazaron levantando el acusado a la víctima con sus brazos, por debajo de sus axilas, apenas diez o veinte centímetros como máximo, y al soltarlo, cuando ya había tocado el suelo, el afectado perdió el equilibrio, cayendo hacia atrás golpeándose en la espalda con uno de los mandos sobresalientes de una máquina expendedora de muñecos que se hallaba tras él».

Al respecto de todo la magistrada resuelve: «No se infringió ninguna regla de actuación que excediera de parámetros que podríamos denominar normales entre dos personas y, en segundo lugar, el resultado fatal no era desde luego previsible».