David Goldar y Santi Mina en la tercera sesión del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Almería. | Europa Press

El fiscal ha asegurado este jueves al tribunal que existe «un cúmulo, una cascada» de «elementos probatorios» que acreditan que el futbolista del RC Celta de Vigo Santi Mina habría cometido los hechos por los que se le enjuicia en la Audiencia Provincial de Almería y ha mantenido la petición de ocho años de cárcel para él como presunto autor de delito de agresión sexual.

«Sinceramente, se me hace difícilmente comprensible que, con todos estos elementos, se pueda pensar que estos hechos no han ocurrido, cómo se puede articular que miente la víctima, y no alcanzo a entender cómo se puede llegar en este caso a una sentencia absolutoria», ha dicho durante el trámite de informes de la vista oral contra Mina y el también futbolista David Goldar, a quien solo sienta en el banquillo la acusación particular en calidad de cooperador necesario.

Ante la sala, el fiscal Miguel Blasco ha indicado que, una vez «constatada» la presencia de ADN de Santi Mina en la exploración ginecológica, solo quedaba establecer si, en la madrugada del 16 de junio de 2019, en el interior de una furgoneta camperizada estacionada en las inmediaciones de una discoteca de Mojácar (Almería), el «acceso carnal» se produjo «con pleno consentimiento o sin consentimiento».

«La violencia se produjo, no solo por la falta de consentimiento, que no fue tácita, sino que fue expresa, sino también porque el acusado actuó de forma absolutamente sorpresiva, inesperada, imprevisible», ha remarcado para preguntarse a continuación si «hay algo más violento que cometer esa acción de esa manera» y concluir que existió «una intimidación clara» por que la presunta agresión se produjo en un espacio de «apenas dos metros cuadrados y en presencia de dos hombres jóvenes, atléticos».

En una extensa disertación que se ha prolongado durante 45 minutos, el fiscal ha asegurado que existen «elementos probatorios más allá de la mera valoración sobre la credibilidad» de la denunciante, que deviene «reforzada» por estos elementos, y ha subrayado que, por si no fuera «suficiente» la «verosimilitud, permanencia en el tiempo y la ausencia de contradicciones esenciales» en su testimonio, las periciales forenses revelan que las lesiones tanto físicas como psicológicas «son absolutamente compatibles» con «su relato de hechos».

Por contra, ha señalado la «incongruencia» en la versión dada a lo largo del procedimiento por los acusados sobre lo que sucedió y ha considerado que su «falta de verosimilitud» proviene «de la constatación de que no cuadra con la secuencia objetiva de hechos».

Ha remarcado que resulta «innegable» que la víctima se fue de la discoteca «solo con uno de los acusados en una decisión voluntaria» para mantener relaciones sexuales --en alusión a David Goldar--, y ha afirmado que no es un «indicio» sino «una certeza» que «no aceptó ni expresa ni tácitamente» hacerlo con el acusado Santi Mina.

«Es un hecho insólito que, de forma sorpresiva y, como ha sido aceptado por todas las partes, en calzoncillos, apareciera erecto en la furgoneta a no ser que estuviera premeditado para hacer una acción que no es razonable», ha dicho. «No hay que ir muy lejos para saber lo que quería», ha apostillado.

El fiscal ha precisado que, por si no fuera «suficiente prueba de cargo», una de las testigos, amiga de la denunciante e «inmediatamente indignadas» ante lo que le relató, declaró en sala que fueron a recriminar a Mina y a Goldar lo ocurrido y que le contestaron que «lo habían intentado, pero que no había fluido».

Sobre las periciales de los forenses del IML de Almería, ha insistido en que señalan «lesiones absolutamente compatibles con el relato» de la víctima y que si bien «no son determinantes, sí se añade a la cascada de elementos que dan veracidad a los hechos», al tiempo que ha destacado que la denunciante «continúa yendo a terapia y a sus citas con los psicólogos» por el trastorno de estrés postraumático diagnosticado, lo que «no es propio de alguien que miente o falta a la verdad».

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SUCEDIÓ EN 2017

El Ministerio Público Mina mantiene que accedió en la madrugada del 16 de junio de 2017 a una caravana estacionada en las proximidades de una conocida discoteca de Mojácar y en cuyo interior estaban «su amigo», el también futbolista gallego David Goldar, y la mujer.

La Fiscalía, tras unas modificaciones puntuales en el relato de hechos introducidas este jueves, añade que entró «en calzoncillos» y que, «con ánimo libidinoso para satisfacer su apetito sexual y a pesar de la manifiesta voluntad contraria de la víctima», se habría dirigido a ella diciéndole: 'Mira, chica, tú me gustas mucho y creo que deberíamos hacer algo'.

Cuando la mujer le contestó que se había ido a la caravana «con David», el escrito recoge que el procesado habría salido «un minuto» para volver a entrar y, tras decirle que «le había gustado mucho», presuntamente perpetrar la agresión sexual de forma «sorpresiva, inesperada e imprevisible».

En el mismo tramité, en el que el resto de partes han elevado sus conclusiones a definitivas y que ha quedado pendiente de exposición del informe de la defensa de Santi Mina, emplazado a este viernes, la acusación particular ha insistido en el rol de «cooperador necesario» en el presunto delito de agresión sexual de David Goldar. Para ambos procesados interesa penas de nueve años y seis meses de prisión.

«No actuó nada y esa falta de reacción solo revela que fue una actuación orquestada», ha dicho para añadir que Santi Mina «llegó a pedir perdón después de decir que creían que iba a fluir pero no fluyó y que David Goldar no lo haya desmentido».

Ha hecho referencia, asimismo, a las periciales forenses y a las practicadas este mismo jueves con psicólogas del Cimascam, en la Comunidad de Madrid, y del Institut Balear de la Dona, que la han estado tratando y que han concluido que presenta una «sintomatología evidente» de estrés postraumático «directamente relacionado con este hecho que ella denuncia» y «compatible» con una situación de «agresión sexual».

PERICIAL DE PARTE

Precisamente este diagnóstico, en el que han coincidido «hasta ocho profesionales médicos» tal y como ha resaltado el fiscal en su informe, ha sido cuestionado por peritos de parte propuestos por las defensas, que ha señalado que los «síntomas» que presenta «son muy comunes en otro tipo de trastornos», y ha remarcado que el estrés postraumático es «paralizante, bloqueante y produce una destrucción de la vida de la persona».

«Sería un posible trastorno de ansiedad en todo caso», han trasladado para concretar que en el informe forenses del IML «se dice que no hay lesiones psíquicas», por lo que, a su juicio, «o hay mala praxis o no hay un trastorno de estrés postraumático». «Es una intervención médica invertida, en la que parten de un diagnóstico y van buscando síntomas», han remachado.

La sesión ha concluido con el informe de la defensa de David Goldar, que ha referido la «duda razonable» y expresado su «sorpresa» por que «parezca divina la palabra de la denunciante» ya que «no es una testigo al uso, sino que tiene una triple condición y merece una valoración crítica».

Ha calificado de «insólito, increíble, inverosímil y materialmente imposible» el relato de los hechos «sin ninguna prueba de cargo» y ha desgranado «contradicciones relevantes y sustanciales» en la declaración de la denunciante.

Ha defendido la libre absolución para David Goldar recordando que «el propio fiscal lo cita como testigo» y ha concluido que «hubo un consentimiento» expreso en el caso de su patrocinado, y «tácito» en el caso de Santi Mina. «Hubo consentimiento y lo dijeron los tres; ella se agobió por estar con tres personas y dijo 'hasta aquí hemos llegado'. Santi Mina se disculpó y cuando le dijo que parara, él paró. Si cesa el consentimiento, cesa la conducta que antes había. Pensaron que iba a fluir y no fluyó», ha descrito.