El empleado sustrajo dos billetes por valor de 70 euros. | © Royalty-Free/CORBIS

Más de treinta años de antigüedad en la empresa y despido fulminante. La Sala de lo Social del TSJB avala el despido de un empleado de banca por apropiarse de dos billetes. La empresa le echó por una falta grave tras las quejas de dos clientes y ahora los tribunales dan por buena esa decisión frente a la demanda del trabajador por despido improcedente.

El empleado trabajaba en una oficina del centro de Palma con un salario de casi 40.000 euros anuales. Había comenzado a trabajar para la entidad en 1984. En 2014 se produjeron las dos quejas. Dos clientas entregaron efectivo para que fuera ingresado y vieron como apartaba un billete: uno de 20 en un caso y otro de 50 en otro, en días en los que pasaron por sus manos más de 250.000 euros. La excusa del trabajador es que los dejó a un lado para comprobar si eran falsos y llevar a cabo una prueba.

Ese argumento no prospera porque, según la entidad, no siguió el protocolo que hay establecido para llevarlo a cabo. El empleado también buscaba amparo en su antigüedad en la empresa. El tribunal señala que más allá de que el importe no fuera elevado y de que fuera un empleado con décadas en la empresa: «Lo importante viene de la pérdida de confianza en la actividad, siendo consustancial al contrato de trabajo la necesaria lealtad».

El tribunal apela a la protección de las transacciones realizadas por la entidad «por cuanto precisa regir en sus relaciones con los clientes el principio de confianza mutua, para lo cual ha de contar con una operativa que actúe de buena fe en el desempeño de su trabajo».

El empleado alegaba vulneración de los derechos fundamentales porque señalaba que la oficina sabía que se iba a presentar en las elecciones sindicales que se llevaron a cabo medio año después en la misma entidad. «Teniendo en cuenta la irrelevancia disciplinaria por su inexistencia de los hechos atribuidos, fueron aprovechados por la empresa para cercenar esa presentación y su previsible elección».

El tribunal recuerda que fue despedido en julio y que las elecciones no se convocaron hasta noviembre, por lo que entiende que no existió una represalia por parte de la entidad bancaria.

Cámaras de seguridad

Aunque el trabajador negaba que se hubiera quedado con el dinero, las cámaras de seguridad lo grabaron. La defensa impugnaba la prueba y pedía la nulidad del juicio, algo que rechaza la sentencia. Los dos billetes fueron separados de dos grandes tacos que le habían entregado sendos clientes que trabajaban para tiendas del centro de Palma. Ambas se percataron porque habían contado previamente el dinero en dos ocasiones en sus comercios y notaron la desviación, por lo que avisaron a sus jefes y estos, por correo electrónico, a los responsables de la entidad. A partir de ahí se inició la investigación que terminó en el despido.