Una juez que ha suprimido las visitas de un padre a su hija de nueve años y ha ratificado que la patria potestad corresponde a la madre, víctima de violencia machista y vicaria, le ha comunicado a la menor: «No te preocupes, seguirás viviendo con tu mamá y no tienes que ver ni hablar con el señor que le hizo daño». Así lo ha acordado la magistrada Isabel Giménez, sustituta del juzgado de primera instancia número 19 de Barcelona, en una sentencia en que también avisa al padre que le multará si sigue insistiendo en sus recursos en invocar el Síndrome de Alienación Parental, una supuesta campaña de denigración, ya que psicólogos y psiquiatras lo han calificado de «fraude pseudocientífico» y un «modo más» de violencia contra la mujer.

La juez rechaza en la resolución modificar la sentencia que otorgó a la madre la patria potestad de la niña y además suprime el régimen de visitas para el padre, al concluir que se ha acreditado un trastorno de estrés postraumático por parte de la menor «consecuencia de los recuerdos traumáticos de la convivencia con su padre». La magistrada, de conformidad con la Carta de Derechos de los Ciudadanos y del derecho a que las sentencias se redacten de forma que sean comprensibles por parte de sus destinatarios, incluye un apartado con un lenguaje que ella misma define como de «fácil comprensión» para explicarle a la niña la decisión que ha tomado.

«Mi nombre es Isabel y soy la jueza que ha decidido sobre con quién vas a vivir. Los jueces y las juezas tenemos la obligación de proteger los derechos de los niños y las niñas y me gustaría explicarte la decisión que he tomado de forma que puedas entenderla», indica. «Lo primero que quiero decirte es que no te preocupes, que seguirás viviendo con tu mamá y, además, que no tienes que ver ni hablar con el señor que le hizo daño a tu mamá (tu padre biológico) y que él tampoco puede acercarse a ti y que así se lo hemos dicho para que tú puedas salir a la calle o ir al colegio tranquila y sin miedo», expone. Además, la juez añade: «Para mí han sido muy importantes tus explicaciones a los profesionales que te han escuchado y me han hecho saber que tienes malos recuerdos de cuando vivías con él. Has sido muy valiente al decirnos algunas de las cosas que te dan miedo y que la razón por la que no quieres estar con él es porque te da mucho miedo que le haga otra vez daño a tu mamá».

«Sé que has tenido que contestar a muchas preguntas y seguro que ha sido muy cansado y doloroso; te pido disculpas, pero necesitábamos hacerlo para poder tomar la mejor decisión para ti, para que puedas vivir tranquila y sin temores, al lado de tu mamá, que también ha sido muy valiente al escucharte y cuidarte cuando sentías miedo», agrega la juez. De hecho, la juez subraya que existen indicios de que en este caso se ha dado también violencia vicaria, por lo que, para proteger a la menor, también prohíbe que el padre se acerque a una distancia de 500 metros de la niña y cualquier tipo de comunicación con ella, ya sea escrito, verbal o visual, por cualquier medio de comunicación, informático y telemático.

Además, si el hombre sigue insistiendo en utilizar el Síndrome de Alienación Parental en futuras alegaciones o recursos, se expone también a una multa de hasta 6.000 euros por «mala fe y abuso de derecho», según la juez, que también impide la salida de la niña de España, salvo autorización judicial o consentimiento expreso de ambos progenitores. A raíz de los informes psicológicos a la niña, la juez considera que obligarla a ver a su padre «puede poner en riesgo su salud física, psíquica y emocional», por lo que la juez apunta que no ve ninguna causa que justifique alterar la cotidianidad de la niña y obligarla a ver a su padre, ya que ello la desestabilizaría. En este sentido, los informes de los especialistas que obran en la causa apuntan a que la niña, que no ve a su padre desde 2018, sufre «temores generalizados» y que llegó a afirmar a los psicólogos que tenía «miedo a que venga el señor que casi mató a mi madre».