Un radar instalado en Palma.

¿Conoces la regla del 7? Es la norma que marca el margen de error determinado antes de sancionar a un conductor que pisa el acelerador más de lo debido y sobrepasa el límite de velocidad en un radar. El concepto hace referencia al umbral de tolerancia de 7 kilómetros por hora a partir del cual se activa el cinemómetro y capta al vehículo que infringe las normas de circulación.

Así lo ha explicado la Guardia Civil en su cuenta de Twitter, donde ha explicado que si la velocidad del vehículo es inferior a 100 km/h se aplica un margen de 7 km/h, mientras que si el ritmo supera dicha cifra la tolerancia será de un 7 %. Por ejemplo, en las carreteras con un límite de velocidad de 50 km/h el radar se disparará cuando un vehículo circule a una velocidad igual o superior a los 57 km/h. En cambio, en una autopista, con un límite de velocidad de 120 km/h, el radar saltará cuando la persona que conduce un vehículo supere los 128 km/h.

El motivo por el que se ha establecido este número, tanto en porcentaje como en cantidad, encuentra su explicación en que los errores máximos permitidos de los radares de la DGT se encuentran en una franja que oscila entre el 3 % de los más nuevos y el 7 % de los más antiguos. Sin embargo, a pesar de que los agentes no hacen mención en la red social, este porcentaje no solo varía en función de la velocidad sino que lo hace también según el tipo de radar.

Los radares fijos tienen un umbral de tolerancia que se debe aplicar es de 5 km/h para vías limitadas a 100 km/h o menos, y del 5 % para aquellas con límites superiores. En el caso de los radares móviles instalados en coches parados, el umbral de tolerancia que se debe aplicar es de 5 km/h para vías limitadas a 100 km/h o menos, y del 5 % para aquellas con límites superiores. Finalmente en los radares móviles montados en vehículos en movimiento, el umbral de tolerancia que se debe aplicar es de 7 km/h para vías limitadas a 100 km/h o menos, y del 7 % para aquellas con límites superiores.

Tabla con las sanciones de velocidad de la DGT

Este margen de error nombrado anteriormente puede ser de utilidad a la hora de recurrir una multa. Se podría reclamar en caso de no se haya restado de la velocidad el umbral a la hora de calcular la medición.