La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Balears ha ratificado la sentencia dictada por el juzgado de lo Social de Eivissa en la que se reconoce el derecho de los trabajadores de Ineuropa cedidos por Iberia a tener billetes gratis o con descuentos, tal y como defendió en su día el sindicato USO.

El TSJ desestima así los recursos que interpusieron ambas partes; Ineuropa con el objeto de no verse obligada a facilitar billetes o a abonar su coste y los trabajadores en un intento por conseguir que el dictamen se hiciera extensivo a otras compañías con las que Iberia tiene acuerdos bilaterales. Sin embargo, el Tribunal balear no ha atendido estas peticiones y ha confirmado que el segundo operador de handling sólo deberá garantizar el derecho de los empleados cuando se trate de billetes de la compañía Iberia.

El juzgado de lo Social de Eivissa, en la sentencia que emitió el pasado mes de octubre desestimó el motivo alegado por Ineuropa de que no podía facilitar billetes por carecer de una flota de aeronaves. La juez Maite Alejandro Aranzamendi entiende que, cuando Ineuropa se hizo con los servicios en el aeropuerto de Eivissa, conocía la cláusula del pliego de condiciones, en las que se explicita que los trabajadores subrogados tendrán garantizados los mismos derechos que en la compañía Iberia. «Cuando voluntariamente decidió concurrir a la adjudicación de la segunda concesión del servicio de handling sabía que tendría que asumir un número determinado de trabajadores respetando la integridad de los derechos», recoge en su sentencia el TSJ.